Simplifican el trámite para que las entidades religiosas accedan a exención del pago de Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificará la tramitación del certificado de exención del pago del impuesto a las Ganancias para las entidades reconocidas por la Secretaría de Culto, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.
En un comunicado de prensa, el organismo que conduce Leandro Cuccioli dijo que esta exención está contemplada en la Ley 24.483 y el Decreto 1092/97 y que por tal motivo a las entidades religiosas “solo se les exigirá el certificado emitido” por la Cancillería que los acredite como tales.
De esta forma, a partir de una resolución general que se publicará en el Boletín Oficial en los próximos días, esas entidades ya no deberán presentar ni balances ni declaraciones juradas.
“Esta simplificación es producto del diálogo desarrollado en los últimos meses entre la Secretaría de Culto, autoridades religiosas y la AFIP”, concluyó el comunicado.