Se aprobó un nuevo protocolo para la interrupción legal del embarazo
La secretaría de Salud de la Nación aprobó este miércoles la actualización del “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE)”, que regía desde el 2015. Las modificaciones se adecuan a “normativas internacionales”, con el fin de establecer una “metodología de trabajo rigurosa y uniforme para el ámbito nacional”, según una resolución publicada en Boletín Oficial.
En el texto se remarca que el aborto no es un delito cuanto existen motivos de salud o cuando el embarazo es producto de una violación. Se puede acceder a la ILE a través de una declaración jurada en la que se dejará constancia de una de esas dos alternativas y se fija que entre el pedido y la intervención no pueden pasar más de diez días.
“La actualización del protocolo responde a la necesidad de renovar las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la ILE (dosis de medicamentos y Aspiración Manual Endouterina -técnica para realizar la evacuación uterina-). También para reforzar la importancia del acceso rápido a la atención integral y a la práctica, haciendo hincapié en la atención en el primer nivel y los tratamientos con medicamentos”, remarca la resolución.
La normativa hace hincapié en que estos procedimientos se llevan a cabo en los dos casos en los que el aborto puede ser practicado de manera legal hasta el momento: cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea producto de una violación, según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal.
La resolución oficial establece el derecho de acceso a la ILE “sin incurrir en discriminación alguna e incluye en su línea de atención a todas las personas con posibilidad de gestar un embarazo, sin ninguna distinción relativa a su identidad de género ni a las prácticas sexuales que pudiera llevar a cabo”.
Según estimaciones recientes, por lo menos el 8% de las muertes maternas a nivel mundial se deben a abortos inseguros; al menos 22.800 mujeres mueren cada año debido a complicaciones de abortos inseguros y casi todas las muertes relacionadas con el aborto ocurren en los países en desarrollo.
Mientras que de los 13 a los 16 años, si la intervención no significa un riesgo grave para la salud de esa adolescente, “ella toma la decisión, se promueve el cosentimiento de un adulto, pero ella es sujeta autónoma a tomar la decisión“. Además, destacó que la solicitud no puede ser rechazada por ninguna institución de salud pública ni privada: “La objeción de conciencia es individual y nunca puede ser institucional”.