viernes, noviembre 22, 2024
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Repro 2: qué empresas pueden inscribirse para el pago de los sueldos de julio y qué requisitos piden

Desde este viernes 23 de julio y hasta el jueves 29 pueden inscribirse las empresas que requieran asistencia estatal a través del Repro 2 para abonar sueldos del mes corriente y presentar la documentación requerida.

Así lo indica la Resolución 420/2021 publicada el jueves en el Boletín Oficial y firmada por el Ministerio de Trabajo. El Gobierno dispuso las pautas para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.

Requisitos

– Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: junio de 2019 y junio de 2021.
– Altas empresas: no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 ° de enero de 2019.
– Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: mayo 2021.
– Corte de actualización de bajas de nómina: 22 de julio.
– Corte de actualización CBU: 22 de julio inclusive.

Las compañías para poder acceder al beneficio deberán pertenecer al sector privado, no recibir subsidios del sector público y realizar una actividad incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al área de salud.

Hasta el 29 de julio también estará habilitado el plazo para la inscripción al “Programa de Asistencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”, para el período correspondiente a este mes.

Para pedir la ayuda estatal, la condición indispensable será presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el período comprendido entre junio 2021 y junio 2019.

Se encuentra contemplado en el programa un monto mensual de $22.000 que las empresas de sectores críticos abonarán a cada trabajador. Para afectados no críticos, será de hasta $ 9.000 y para sectores de la Salud, de hasta $22.000.

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