Regularon la recomendación para el uso de plasma convaleciente y suero equino como tratamiento contra el coronavirus
Este viernes se publicaron en el Boletín Oficial dos regulaciones para el uso de plasma convaleciente y suero equino como tratamiento contra el coronavirus.
Las resoluciones del Ministerio de Salud especifican en qué momento de la enfermedad se recomienda su correspondiente aplicación.
En ese sentido, manifiestan que el plasma de convaleciente debe administrarse en pacientes con diagnóstico confirmado, sin síntomas graves y con menos de tres días de iniciados los síntomas.
La resolución firmada por la Secretaria de Calidad de Salud también presenta cinco condiciones: el tratamiento se realiza según el criterio de los médicos tratantes en interconsulta; se debe indicar la transfusión de plasma de convaleciente de Covid-19 en pacientes mayores de 75 años con menos de 72 horas de iniciados los síntomas; se fijó el mínimo y el tipo de anticuerpos que tiene que tener el plasma; las unidades de plasma a transfundir deben poseer en la etiqueta el valor de la concentración de anticuerpo; y se fijó como referencia que se debe transfundir una unidad de plasma de convaleciente de volumen entre 200 y 300 mililitros.
Para la administración del suero equino, se debe hacer en personas que presentan estado grave: “Pacientes con SaO2 (saturación de oxígeno) <94% con aire ambiental o PaFIO2 (relación entre la presión arterial de oxígeno y la fracción inspirada de oxígeno) <300, frecuencia respiratoria >30 por minuto, o infiltrados pulmonares > 50%”, y que no estén internados en Unidad de Terapia Intensiva.
Tampoco se recomienda indicar las inmunoglobulinas equinas en pacientes que causan enfermedad leve o moderada, ni que hayan recibido plasma de convalecientes.