lunes, septiembre 16, 2024
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Registros Automotores: dictan cautelar que garantiza el servicio en Mar del Plata

El titular del Juzgado Federal N°4 de Mar del Plata, Alfredo López dictó la primera resolución del país que ampara la prestación de los servicios de los Registros Automotores de Mar del Plata.

El magistrado decretó una medida cautelar autónoma mediante la que dispuso la suspensión de los efectos de la Resolución N°133 de este año del Ministerio de Justicia de la Nación, que derogó en abril el aumento los formularios y de los ingresos de los encargados de los Registros Automotores, así como su provisoria inaplicabilidad.

La decisión, de todos modos, no afecta el costo de los aranceles que deben pagar los usuarios del sistema y asegura la prestación del servicio registral y el derecho de propiedad del sector.

“Como es bien sabido, los Registros de Propiedad Automotor cumplen una muy relevante función pública estatal, con indudable trascendencia institucional. Pero para que ello pueda ser así, y el sistema pueda brindar el nivel de respuesta necesario para procurar seguridad jurídica, deben contar con los medios necesarios para poder mantenerse económicamente y ello se estaría afectando con la Resolución 133/2024 del Ministerio de Justicia de la Nación”, apuntó el juez López en el fallo que al que accedió el diario La Capital de Mar del Plata.

El magistrado consideró que la medida cautelar solicitada por el abogado Iván Budassi, en representación de diversos encargados de los registros, “lejos de afectar el interés público, lo preserva totalmente”.

“En rigor -continuó López- , es el único sistema existente para dar efectividad al mandato legal vigente en cuanto a los recaudos exigidos para la adquisición y/o transferencia de automotores, de modo tal de cumplir la finalidad perseguida por la ley: que el control registral de los automotores evite la actividad delictual y proteja a los ciudadanos de estos males, brindándoles seguridad jurídica”.

En la misma línea, el juez planteó que denegar la cautelar “ocasionaría un perjuicio irreparable, que se tornaría de difícil solución ulterior”, teniendo en cuenta que el sector ha “soportado con su patrimonio el sostén de su funcionamiento ante la insuficiencia de ingresos genuinos derivados de la actividad registral”.

Y añadió: “Todo ello sin mencionar que se puede llegar a afectar no solo el derecho a la propiedad, sino también la seguridad jurídica que le es inherente, cuya protección goza de rango constitucional”.

López planteó que los Registros Automotores son “un servicio público esencial para los usuarios y consumidores”.

Si se pone en riesgo su funcionamiento, se afecta “la transferencia de bienes, la economía del usuario, y esencialmente el interés público”.

A partir de estas consideraciones, el juez dio lugar a la medida cautelar solicitada, aunque en forma parcial, ya que la parte demandante también pidió una serie de compensaciones y reintegros por los aumentos no percibidos en el año, entre otros aspectos.

“Haré lugar parcialmente de la tutela anticipatoria solicitada, en lo atinente a la suspensión de los efectos de la Resolución 133/2024 emanada del Ministerio de Justicia de la Nación, lo que entiendo se impone como un paso indispensable para evitar perjuicios irreparables”, señaló el magistrado.

Y sentenció: “Con relación a las demás peticiones planteadas, las mismas deberán ser abordadas y resueltas en el marco de las acciones pertinentes que ulteriormente se presenten, para el caso en que no sean dirimidas satisfactoriamente por la administración en el marco de la reclamación en trámite”.

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