jueves, noviembre 21, 2024
Nacionales

Rechazan el amparo de los jueces Bertuzzi y Bruglia y se revisarán sus traslados

La jueza María Alejandra Biotti, en el punto 14 del fallo, consideró que “no se observa la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta requerida para la procedencia de la vía del amparo, ya que no son atendibles los cuestionamientos de los co-actores (Bertuzzi y Bruglia) relativos a la afectación de sus derechos en este proceso”.

Bertuzzi y Bruglia fueron traspasados del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 a la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, por una decisión del Consejo de la Magistratura durante la gestión de Mauricio Macri que fue refrendada por un decreto del Poder Ejecutivo.

Por iniciativa del consejero representante del Ejecutivo, Gerónimo Ustarroz, se votó en el Consejo y fue aprobada la revisión de 10 traslados de jueces que no cumplimentaron el “proceso complejo” que implica el nombramiento de un magistrado, con el acuerdo del Senado.

En principio, Biotti consideró que los tribunales de origen y destino de Bertuzzi y Bruglia “integran la jurisdicción federal y poseen una competencia material igual o similar” y que ambos tribunales se encuentran bajo la jurisdicción de la Cámara Federal de Casación Penal, por lo que el requisito atinente a similitud de competencia material parecería adecuadamente cumplido”.

Pero para la jueza no se cumple el requisito de que los traslados guarden la “misma jerarquía” en las funciones porque la Cámara de Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal actúa como tribunal de alzada de los Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires.

“No sólo la tarea desempeñada por unos y por otros es esencialmente distinta, sino que además su función dentro del proceso penal difiere claramente tanto en cuanto a su naturaleza como al momento de su intervención”, argumentó la jueza para fundar el rechazo al amparo de los magistrados.

Tampoco consideró Biotti que, como plantearon los jueces, la decisión del Consejo colisione con las garantías constitucionales de la inamovilidad y estabilidad en el cargo de las que gozan todos los jueces federales.

“El remedio intentado (el amparo) resulta manifiestamente prematuro, ya que el accionar del Consejo de la Magistratura demandado mal puede producir -por sí mismo- efecto alguno sobre el nombramiento de los magistrados”, en esta instancia puesto que, “en el caso de que el Senado deniegue el nuevo acuerdo y el Poder Ejecutivo resuelva dejar sin efecto su traslado, situación que todavía no ocurrió, podrán los actores eventualmente cuestionar dichos actos por los cauces administrativos y legales que estimen”, concluyó.

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