¿Qué pasa si no votás el domingo?
Una de las preguntas que más interpela a los votantes a días de celebrarse las elecciones generales es que si sucede si no concurre a votar el próximo domingo 27 de octubre. El voto es una obligación para todos los argentinos y quienes no lo hagan sin tener un justificativo válido deberán pagar una multa de 50 pesos.
¿Puedo votar igual si estoy en infracción o no voté en las PASO?
Si la persona no concurrió en las primarias, igualmente puede votar en las generales. En caso de no haber sufragiado en las PASO, el último 11 de agosto, y no presentarse el domingo, el monto de la multa ascenderá a 100 pesos.
¿Cómo pago la multa?
Las justificaciones pueden asentarse hasta 60 días luego de los comicios. Si no votó ni justificó la ausencia, podrá consultar el Registro de Infractores vía web e imprimir el comprobante para el pago de la multa, que pasará a integrar el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.
¿Qué pasa si no pago la multa?
Los infractores no podrán llevar a cabo trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año.
Esa deuda puede cancelarse de forma personal en el Banco de la Nación Argentina. Puede ser mediante tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.
¿Cómo denunciar un error en la infracción?
Aquellos que consideren que la multa es un error, podrán reclamar en forma online o acercándose a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su DNI y el comprobante del voto.
¿Quiénes no figuran en el Registro de Infractores?
Todas las personas mayores de 70 años y los menores de 18. Así también con quienes hayan justificado no haber concurrido a votar. Otros exentos son quienes se desepeñen como autoridades de mesa, delegados de la Justicia Nacional Electoral, miembros de la fuerzas de seguridad afectados al Comando General Electoral y el personal del Correo Oficial en servicio electoral.