Prohíben fumar en plazas, parques y en la puerta de las escuelas de la capital mendocina
La Ciudad de Mendoza avanzó en una medida de fuerte impacto con el objetivo de reducir el consumo de cigarrillos: el Concejo Deliberante aprobó el martes una modificación del Código de Convivencia ciudadana que establece la prohibición de fumar en plazas, parques y en la puerta de las escuelas de la capital provincial.
La medida responde a un decreto firmado por el intendente local, Ulpiano Suárez, que en 2020 estableció una serie de medidas con el objetivo de afrontar la “Emergencia climática” y que fijó para 2030 lograr el balance positivo en cuanto a los gases de efecto invernadero.
El artículo 1 de la modificación establece la prohibición de “fumar o sostener tabaco encendido, cigarrillos electrónicos u otros sistemas de vapulación electrónica, en las plazas, parques, paseos públicos, en que haya áreas de juego para niños y niñas areneros y lugares con circuitos aeróbicos y/o sectores para la práctica de deportes”, según informan medios locales.
La prohibición también alcanza espacios de recreación infantil, así como en veredas de establecimientos de atención e internación de niños y adultos y en las de hogares para ancianos las 24 horas, lo mismo que “veredas de centros de enseñanza de cualquier nivel inclusive instituciones donde se realicen prácticas docentes en cualquiera de sus formas mientras permanezcan abiertos, delimitados por el Departamento Ejecutivo Municipal como espacios públicos libres de humo”.
“Esta modificación expresa el avance que lleva adelante el municipio de la Ciudad de Mendoza en materia ambiental y salud de las personas”, explicó Marcelo Rubio, presidente del Concejo Deliberante capitalino según el diario Los Andes.
Para controlar la medida, el concejal explicó que se pondrán carteles en los sitios en los que está prohibido fumar, y que también se hablará con los directivos de las escuelas para que puedan informar a las personas que van a buscar a niños a los establecimientos educativos que no se puede fumar en esos lugares.
En los considerandos de la norma aprobada por el Concejo se señala que por decreto N°95/2020 desde la Ciudad de Mendoza se declara la Emergencia Climática y para 2030 fija como meta alcanzar una gestión de balance positivo, es decir, con una mayor absorción y reducción de gases de efecto invernadero.
Se resalta la necesidad de tener “una Ciudad limpia y saludable, donde se construyan espacios para el bienestar ciudadano y protección al ambiente, siendo necesario seguir regulando el consumo de tabaco, cigarrillos electrónicos u otros sistemas de vapulación electrónica en lugares libres de convivencia”.
“Fumar expone a numerosas sustancias perjudiciales para la salud, provocando una dependencia peligrosa siendo una de las principales causas de muerte en el mundo y Argentina, calculando una cantidad de 40.000 muertes cada año, esto produce daño en el sistema vascular y la disminución del transporte de oxígeno a los tejidos de nuestro organismo, generando enfermedades cardiovasculares, pulmonares, reproductiva, corporales, cancerígenas y llega hasta el deceso de la persona”, añade.