“Para ser condenado por grooming no es necesario que se lleve adelante el abuso”
Ayer por la tarde, en FM De la Bahía, José Luis Ares, juez de nuestra ciudad, dialogó con nosotros y nos contó que “en el año 2013 se incorporó la figura del grooming, que es la preparación a los menores para un abuso, y se refiere al contacto de un menor con la finalidad o el propósito de llevar adelante el abuso, que es difícil de probar, pero siempre hay muestras de que la intención final es llevar adelante esta acción. La pena por ahora es baja, de 4 años”.
“Si bien no es un requisito de la ley que la persona mayor que contacta al menor este falseando su identidad o edad, suele ocurrir que así lo hace. De esta forma, cambia su vocabulario e intenta engañar al menor, pero si no lo hiciera, igual existiría el delito”, agregó.
Por último, el juez dijo que “si le pasa fotos en ropa interior o sin ropa, se prueba más la intención final lo que ayuda más adelante en el proceso. Este se configura de forma completa cuando se suman todas estas cuestiones, a través de cualquier medio tecnológico, en el que tenga ese contacto con el menor con una finalidad clara de cometer el delito, aunque no se llegue a cometer”.