viernes, noviembre 22, 2024
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La ANMAT prohibió la venta de una marca de aceite de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió según informó el último Boletín Oficial, el uso y comercialización de una marca de aceite de oliva y dos productos con uso medicinal, por un lado un medidor de glucosa y por el otro un tensiómetro.

“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva Virgen Extra de Primera presión en frio, marca Estancia del Norte, RNE: 13-284651, RNPA: 13-264816, Procedencia Mendoza”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, detalló el documento acerca del producto estético.

El hallazgo fue ejecutado por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), organismo que realizó a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), las Consultas Federales Nros. 8578 y 8708, al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, a fin de verificar si el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados.

De esta forma se pudo verificar que ambos registros son inexistentes. “En consecuencia, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el Incidente Federal N° 3394 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del SIFeGA”, expuso el documento.

Continuó: “Que posteriormente, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL detectó la venta del producto en plataformas de internet, por lo que realizó nuevas consultas federales Nros. 9823 y 9825 al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, a fin de ratificar o rectificar la información sobre los registros sanitarios del producto, quien ratificó que ambos registros son inexistentes”.

Es importante destacar que dado que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.

Según informó el boletín el producto “se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica es un organismo descentralizado que se encuentra dentro del ámbito del Ministerio de Salud de la Nación. Es autárquico, con jurisdicción en todo el territorio de la Nación.
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