La ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva y un producto médico
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional de un aceite de oliva y un producto médico.
Mediante la disposición 6188/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el organismo establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Aceite de oliva Clásico”, “Aceite de oliva Clásico saborizado con Ajo” y “Aceite de oliva Clásico saborizado con Tomillo”, todos de la marca “La mia terra”, con RNPA N° 025- 13031995, envasados por RNE N° 13005447, Producidos en Mendoza, República Argentina”, por estar falsamente rotulados.
Según explicó el organismo, las actuaciones se inician a raíz de una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires en relación a la comercialización de los productos” que “no cumplirían la normativa alimentaria vigente”.
Señala que “la DIPA realiza las Consultas Federales a través del SIFeGA al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, y este informa que pertenecen a otra razón social, y que ambos registros fueron dados de baja en el año 2014”.
“Se tratan de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”, dice el documento.
Por ello, “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate productos alimenticios que carecen de registros, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional”, concluye la ANMAT.