La AFIP habilitó el pago del impuesto a la riqueza en la web a través del formulario VEP
A partir de este jueves, aquellas personas alcanzadas por el “impuesto a la riqueza” -oficialmente aporte solidario y extraordinario- podrán pagarlo a través de la web de la AFIP. En la página oficial está la posibilidad de generar un VEP para cancelarlo manualmente. Todavía no está publicada la reglamentación que permitiría presentar las declaraciones juradas y hacerlo automáticamente.
Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, explicó a La Nación que “los contribuyentes podrían calcular el monto a pagar manualmente y pagar el VEP”. Y adelantó que “cuando se publique la resolución el impuesto se podría también calcular automáticamente a través de la presentación de la declaración jurada”.
En la web de AFIP se puede visualizar en el Servicio “Mis Facilidades” la posibilidad de registrar la obligación “238-Aporte Solidario”, “19-Declaración Jurada”, “19-Declaración Jurada”.
Desde que surgió este aporte, surgieron los rumores respecto de la posibilidad de que la AFIP establezca la obligación de realizar un pago a cuenta, antes del vencimiento de la declaración jurada, para complicar la judicialización del “aporte” que planean algunos contribuyentes.
En el Boletín Oficial se publicaron algunos puntos del impuesto. El que más preocupó a asesores fiscales es la interpretación de que incluye a los trust irrevocables como activos gravados. Esto es un fideicomiso que no vuelve más al aportante, que pierde el control directo de ese dinero.