jueves, noviembre 21, 2024
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Fallo judicial ordena a “Pedidos Ya” que reincorpore a una empleada

Una jueza laboral de Rosario ordenó a la empresa “Pedidos Ya” que reinstale en su puesto de trabajo a una joven que había sido “desafectada” y que pidió una medida cautelar fundada en los decretos del Poder Ejecutivo que limitan los despidos durante la emergencia económica y sanitaria, informaron hoy fuentes judiciales.

La jueza Paula Verónica Calace Vigo consideró en su fallo que la desafectación de la joven -en condición de monotributista- “colocó a la actora en una situación de total desamparo”.

La empleada de “Pedidos Ya” fue desafectada en noviembre del año pasado y con la representación legal de la Asociación Empleados de Comercio (AEC) de Rosario solicitó una “medida cautelar innovativa de reinstalación a su puesto de trabajo”, que hoy fue resuelta a su favor.

El abogado de la AEC, Federico Thompson, dijo a Télam que “lo trascendental es que la Justicia laboral le brinda la tutela judicial efectiva, como dice la Constitución, dándole acceso al fuero a un monotributista, que no es un empleado en relación de dependencia”.

El abogado explicó que la chica trabajaba once horas diarias toda la semana con un ingreso promedio de 32 mil pesos y que la jueza tuvo en cuenta el contenido de los decretos 329 y 891 de 2020, que limitan los despidos sin causa durante la emergencia por la pandemia de coronavirus.

“También tuvo en cuenta el certificado de circulación que gestionó la empresa para la chica como trabajadora esencial”, añadió Thompson, y explicó que la facturación de la empleada era correlativa y tenía como único cliente a “Repartos Ya”, el nombre legal de la aplicación “Pedidos Ya”.

La medida ordena “reinstalar en su puesto de trabajo” a la joven “dentro del plazo de tres días desde que se le notifique la presente resolución judicial y mientras dure la vigencia temporal” de prohibición de despidos sin justa causa.

La desvinculación se produjo mediante el bloqueo de acceso a la aplicación que tienen los repartidores –lo cual le impide trabajar- y el envío de un mail “en el que le expresan cuál había sido la decisión de la empresa”, señaló el abogado.

El fallo expresa además que la mujer “trabajaba en la intemperie utilizando espacios públicos (plazas, etcétera) sin lugar físico para descanso, aseo o realizar sus necesidades fisiológicas”.

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