Fallo bahiense: ANSES deberá readecuar los haberes a una jubilada
La Justicia de Bahía Blanca ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a readecuar los haberes previsionales a una jubilada al mínimo vigente, asegurándole la mínima prevista por la Ley 24241. La decisión judicial estuvo a cargo de la Sala II de la Cámara Federal de esta región de la provincia de Buenos Aires.
Según informa diariojudicial.com, la Justicia también hizo lugar a la excepción de prescripción interpuesta para el pago de las sumas devengadas desde los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo. Así, los jueces argumentaron que el objeto de la causa se centra en obtener que la ANSES readecue el haber previsional que percibe la demandante.
De esta manera, los magistrados establecieron que el Estado es el responsable de cumplir con las obligaciones de carácter previsional, es decir, otorgar una jubilación digna que le permita al sujeto asegurarse la subsistencia. En este sentido, citaron una causa en la que la CSJN dispuso que: “toda vez que no resulta razonable privar al actor del mínimo de ingresos garantizado por el Estado Nacional al resto de los pasivos comprendidos en el sistema único de jubilaciones, corresponde reconocer su derecho a percibir de la ANSeS las sumas necesarias para que su prestación alcance dicho mínimo vital”.
“Por todo lo antes expuesto, no existe duda alguna que excluir a un grupo de beneficiarios de jubilaciones y pensiones del haber mínimo garantizado resulta arbitrario, discriminatorio y violatorio de principios de raigambre constitucional” dispuso el fallo de los jueces respecto de la demanda, la cual favoreció a la jubilada en relación al accionar del ANSES.
Así, para determinar su decisión, los magistrados tuvieron en cuenta que se veían afectados derechos constitucionales como son igualdad, alimentario y haber mínimo. De esta manera, establecieron que ANSES debía readecuar el monto que percibía la mujer adulta mayor, respecto de su jubilación, ya que sus haberes estaban por debajo de la mínima establecida por ley.