Estiman que unos 750 represores podrían verse beneficiados por el 2×1
Unos 750 represores presos sin condena firme podrían pedir el beneficio del 2×1 y acceder a la libertad condicional una vez cumplidos los dos tercios de la pena impuesta, luego de que la Corte Suprema otorgara ese beneficio a un militar.
Según publicó el diario La Nación, los 750 casos que aún no tienen condena firme “ven con expectativas favorables la aplicación del beneficio del 2×1, que les reduciría la pena y los podría dejar en libertad”.
Eso se daría, principalmente, en los militares que recibieron penas menores a 25 años, por el tiempo que pasaron en prisión sin condena firme.
Se estima que hay además más de 120 militares que siguen en prisión preventiva desde hace más de diez años.
El matutino también publicó que los condenados a reclusión perpetua cumplen en general 25 años en prisión, porque esa era la pena máxima efectiva en el momento en que se cometieron los delitos de lesa humanidad -actualmente se extiende a 35 años-, pero podrían alcanzar la libertad condicional a los 20 años.
En los foros que acompañan las posiciones de militares condenados por delitos de lesa humanidad señalaron que, dado que el beneficio del 2×1 se aplica a partir del tercer año de prisión preventiva, muchos estarían en condiciones de acceder a la libertad al cumplir 12 años de cárcel.
La Corte Suprema, en un fallo dividido, declaró aplicable el cómputo del 2×1 para la prisión en el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad, y generó el inmediato repudio de organismos de derechos humanos y dirigentes políticos, en tanto que el Gobierno se mostró “de acuerdo”.
La decisión fue adoptada con el voto a favor de los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, mientras que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda se expresaron en contra.
El fallo declaró aplicable la ley 24.390, conocida como 2×1, que fue derogada pero estuvo vigente entre 1994 y 2001, por lo que se abre la posibilidad de que se produzca un nuevo cómputo de todas las condenas a represores por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura.
Los magistrados avalaron la norma que establece que el día de prisión sin condena firme se computa doble, reduciendo el tiempo de cárcel, al considerar que debe adoptarse la ley más benigna, más allá del delito que se haya cometido.
Lorenzetti y Maqueda, en minoría, señalaron que esa reducción no es aplicable a los delitos de lesa humanidad por tratarse de una “política de Estado” sostenida por los tres poderes.
La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por ser “coautor del delito de privación ilegal de la libertad” e “imposición de tormentos” en cinco casos. (NA)