jueves, noviembre 21, 2024
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El Gobierno prorrogó los beneficios impositivos para los cigarrillos

El Decreto 14/2017, publicado en el Boletín Oficial, prorroga hasta el 31 de diciembre próximo la disminución de la alícuota del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el precio final de venta de los cigarrillos, del 21 al 7 por ciento.

El tributo fue creado en 1995, y desde el 2000 se dispuso una reducción progresiva de la alícuota, hasta el 7 por ciento.

“Los productores de provincias tabacaleras representarían el sector que más recursos afecta a mejorar no sólo la calidad de la producción, sino también para atender a sensibles problemas económicos y sociales, entendiéndose que el conjunto de medidas propiciadas contemplan dicho objetivo y el de fortalecimiento de las economías regionales”, señala entre los considerandos la norma.

Para el caso del tabaco, y mediante el Decreto 15/2017, el Gobierno también extendió por un año la imposición del 75 por ciento en concepto de Impuesto Interno, que en la ley original era del 60 por ciento, pero que ya había sido modificado el año pasado. Por otro lado, el Poder Ejecutivo extendió hasta el final de 2017 la eliminación del Impuesto Interno correspondiente a la venta de champañas.

El Decreto 19/2017 argumenta que el beneficio, que se aplica desde 2005, “ha propiciado un importante desarrollo en el sector, lo cual se ha visto reflejado en el crecimiento sostenido de la cantidad de litros despachados al mercado interno y externo de vinos espumantes así como de las bodegas fraccionadoras participantes en dicho proceso”.

Según la Ley 24.674, las champañas deben tributar el 12 por ciento en concepto de Impuesto Interno.

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