El gobierno estableció los montos que se destinarán para financiar campañas electorales
Por medio de la resolución 92/2023 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio del Interior oficializó el monto global que se destinarán para las campañas electorales de los partidos políticos que se presentarán las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y en las generales.
La cifra para quienes compitan en primera vuelta el próximo 13 de agosto será de $650.000.000 para quienes aspiren a los cargos de Presidente/a y Vicepresidente/a, al igual que los dirigentes que se postulen a la categoría de diputados y diputadas nacionales.
Mientras tanto, la cartera estatal confirmó que los precandidatos a los cargos de senadores y senadoras nacionales recibirán un fondo colaborativo de $325.000.000 y para los postulantes a convertirse en parlamentarios y parlamentarias del Mercosur se distribuirán $65.000.000, tanto para el grupo representante a nivel nacional, como para los que se ubiquen en distritos regionales.
En cuanto a los aportes que se repartirán entre los frentes políticos que participen de las elecciones generales que se celebrarán el 22 de octubre, el monto se incrementará a $1.300.000.000 para las categorías a Presidente/a y Vicepresidente/a y diputados y diputadas nacionales.
En el caso de los dirigentes que competirán por las bancas en la Cámara de Senadores, la cifra aumentará hasta $650.000.000. Asimismo, los candidatos al Parlamento del Mercosur del distrito nacional recibirán una contribución de $130.000.000 y aquellos que aspiren a ser parte del organismo a nivel regional también percibirán el mismo aumento en cuanto a los aportes estatales.
De acuerdo con la resolución, el ente encargado de velar por la distribución del dinero y las correspondientes sanciones que deban aplicarse según la Justicia Nacional Electoral será la Dirección Nacional Electoral (DINE), que se encuentra avalada por el artículo 2 del Decreto N°936/2010, conocido por poner en vigencia la Ley Nº 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos en relación con la administración de los recursos que componen el Fondo Partidario Permanente.
El Ministerio del Interior instó a la DINE a presentar los correspondientes informes a la Dirección General de Administración para justificar los montos que serán otorgados junto a la nómina de los partidos políticos y alianzas a las que se le acreditarán las liquidaciones. De la misma manera, la información que presentará el ente regulador de la instancia electoral será plasmada en el presupuesto final del año 2023.
Por otro lado, las sanciones que podrían sufrir los partidos políticos por incurrir en alguna de las prohibiciones, mencionadas en el artículo 15 la Ley N° 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, se dictaminarán si reciben contribuciones o donaciones anónimas; de entidades centralizadas o descentralizadas o que se vinculen con el poder nacional, provincial, interestaduales, bilateral, multilateral, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); empresas concesionarias o que presten servicios al Estado; personas humanas o jurídicas relacionadas a los juegos de azar; Gobiernos o entes extranjeros; personas humanas o jurídicas que no residan en el país; personas que hayan sido obligadas por sus superiores a donar; asociaciones sindicales, patronales y profesionales; y personas humanas o jurídicas que estén imputadas en un proceso penal.
Otras penalidades que derivarían en una multa económica como sanción electoral se estarían cometiendo en el siguiente escenario: si un donador supera el monto máximo que será obtenido según lo que represente el 2% del valor del módulo electoral registrado el 31 de diciembre del año anterior y si dicha donación no es realizada a través de una transferencia bancaria, depósito bancario acreditando identidad, medio electrónico, cheque, tarjeta de crédito o débito, o plataformas y aplicativos digitales siempre que éstos permitan identificar a la persona detrás del aporte y el origen de los mismos.
Por último, todos las contribuciones deberán ser declaradas por las personas humanas o jurídicas ante la Justicia Nacional Electoral por medio de una declaración jurada que dará fe de que la cooperación monetaria fue efectuada con total consentimiento y que no forma parte de la lista de los excluidos en las prohibiciones para que las agrupaciones políticas podrán disponer del uso del dinero para sus proyectos electorales. En caso de que alguno de los frentes sea multado, el pago deberá ser transferido de inmediato a la cuenta especial creada a la Dirección Nacional Electoral.