jueves, noviembre 21, 2024
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Difunden los protocolos del transporte y los requisitos para ingresar a cada provincia

El Ministerio de Transporte difundió hoy los protocolos elaborados para el servicio de transporte de pasajeros y los requisitos y restricciones fijados para el ingreso a cada una de las provincias.

El contenido, que puede verse completo en www.argentina.gob.ar/transporte, cumple la función de guía para quienes requieran la información y será actualizada a diario en el caso del ingreso a cada provincia, no obstante lo cual desde la cartera recomendaron consultar puntualmente con cada destino los requisitos para acceder a la misma.

Los protocolos se trabajaron de acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Salud de la Nación y los requisitos se articulan con los gobiernos provinciales, con los que previamente se trabajó el cronograma de servicios.

También se informó que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) son los organismos competentes que verificarán el cumplimiento de los protocolos.

Protocolos

En la estación/terminal

Deberán establecerse accesos independientes para el ingreso y el egreso.

Habilitar salas de espera exclusivas para personas que revistan factor de riesgo.

Deberá aumentarse la frecuencia de limpieza de baños y lugares públicos en Terminales y Estaciones, que deberá realizarse con productos desinfectantes y con una frecuencia que vaya en proporción al flujo de personas que circulen.

Se deberá supervisar que los suministros para el lavado de manos (jabón, toallas desechables) estén siempre disponibles.

Los locales comerciales que se encuentren autorizados a abrir, deberán cumplir las pautas generales de prevención y los protocolos específicos que correspondan a su actividad.

Se prohíbe el acceso a salas de espera y plataformas de personas que no harán uso del servicio de transporte (familiares, amigos u otros), a excepción de aquellos que requieran asistencia. Esta medida se indicará de forma permanente por sistema de parlantes y por medios tecnológicos que se dispongan en cada caso para comunicar al público.

El uso de ascensores quedará limitado únicamente a personas con movilidad reducida y cochecitos de bebé, pudiendo hacer uso de los mismos el grupo familiar o de acompañamiento.

Las terminales/estaciones deberán contar con espacios de aislamiento y protocolos de actuación en caso de que alguna persona presente síntomas de COVID-19.

Las recomendaciones de prevención, tanto las pautas de ingreso como permanencia de las terminales, deberán ser difundidas en la web del concesionario y también en las pantallas y parlantes con una frecuencia de 15 minutos.

Control de temperatura a los conductores antes de tomar el servicio y a los pasajeros antes de ingresar al ómnibus.

Cartelería visible dentro del vehículo que indique la distancia de 1,5 mts requerida.

La unidad deberá permanecer ventilada antes y luego del servicio.

Las personas que no la suscriban o informen síntomas, no podrán ingresar al ómnibus.

Personal de las terminales/estaciones está capacitado para realizar anuncios y ordenar el distanciamiento.

Se recomienda un distanciamiento mínimo de 2 mts entre todos los actores. Esta distancia se podrá reducir a un 1,5 mts dentro de la unidad siempre y cumplan las medidas adicionales de protección de uso permanente de cubre boca, nariz y mentón y el uso de alcohol en gel o lavado de manos.

En forma previa al ingreso del vehículo, el pasajero exhibirá:

Servicio de transporte automotor de pasajeros internacional: DDJJ de ingreso y egreso obtenidas de la Dirección Nacional de Migraciones, conforme lo dispuesto por Disposición N°3025 del 1 de septiembre de 2020 de la Dirección Nacional de Migraciones.

Servicio de transporte automotor de pasajeros interurbano de jurisdicción nacional: el pasajero deberá completar una DDJJ donde conste que se encuentra incurso en las causales previstas de la cuarentena.

En viaje

La capacidad de ocupación por coche ferroviario queda limitada al 60%.

En el servicio automotor, la ocupación queda limitada a: 37 pasajeros en Semi Cama (60%), 26 pasajeros en Cama Ejecutivo (65%) y a 18 pasajeros en Cama Suite (80%).

Una vez los pasajeros se encuentren a bordo, personal designado por la empresa transportista informará que deben denunciar la aparición de síntomas durante el viaje a la tripulación.

Se deberán realizar 20 renovaciones de aire por hora a través del aire acondicionado de la unidad en modo no recirculación.

Mantas, almohadas, revistas y auriculares están suspendidos. El pasajero, si lo desea, podrá aprovisionarse de estos elementos.

Servicio de catering, máquinas de café y jugo quedan suspendidos. El pasajero podrá aprovisionarse para alimentarse durante el viaje.

Se deberá permanecer en el asiento durante todo el recorrido, excepto para usar el sanitario.

El sanitario dispone de un rociador con una solución de agua y lavandina para la sanitización del lugar una vez se termine de hacer uso del baño. Deberá haber cartelería legible y en lugar visible indicando esto mismo y además que el pasajero procure mantenerse en su asiento.

Todas las unidades cuentan con jabón dentro del sanitario. Aun así, se recomienda a los pasajeros traer consigo otros productos de limpieza y protección personal.

Si algún pasajero presenta síntomas, será aislado con una distancia de al menos 3 mts. El conductor, que contará con un listado de centros de salud que se encuentren en la traza del viaje, deberá comunicarse al 0800-222-1002 opción 1 para recibir instrucciones sobre cómo accionar.

Al descender

El descenso será ordenado por filas, respetando las distancias sociales requeridas.

Al retirar el equipaje, se debe realizar una fila manteniendo la distancia social de 1,5 mts.

Para el ingreso a las provincias, se deberá contemplar los protocolos propios establecidos por las jurisdicciones locales.

Se proveerán dársenas de arribo y de partida, debidamente identificadas, de modo que los pasajeros que desciendan no tengan contacto con los que asciendan.

Requisitos para las empresas

El chofer y su acompañante deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5 mts.

Si la unidad dispone de catre, cada chofer deberá contar con su ropa de cama personal.

Cuando el diseño de las unidades lo permita, deberá instalarse una aislación física que separe a los pasajeros de los conductores. Ésta deberá ser de un material transparente, de manera que no afecte las condiciones de visibilidad.

Las empresas de transporte alcanzadas por la RESOL-2020-222-APN-MTR, en todas sus operaciones de venta o reserva de pasajes procurarán utilizar medios no presenciales de compra.

Las empresas de transporte posibilitarán que los grupos familiares adquieran pasajes para trasladarse en butacas adyacentes o de ubicación cercana sin prejuicio del distanciamiento social, que sí deberán respetar con el resto de los pasajeros.

Teniendo en cuenta el rol fundamental como barreta térmica y aislamiento de las cortinas de las ventanillas de las unidades del transporte automotor, estas no serán removidas. Por ende, se deberán extremar las medidas de sanitización de dichos elementos.

En cuando a los asientos de los vehículos, se deberá extremar las medidas de sanitización de dichos elementos.

Los horarios de los servicios se programarán tomando en cuenta las tasas de ocupación de las distintas terminales de origen y destino, procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades y en la evacuación de las terminales.

Los operadores de servicio deberán extremar los recaudos para prevenir la propagación del Covid al personal de trabajo y a los pasajeros y pasajeras.

El uso de barbijo o tapaboca es obligatorio en todo momento: en la estación/terminal, en viaje y al descender.

En lo que hace a las provincias, la situación es la siguiente:

-Chaco: Solicita que los vuelos hacia esa provincia lleguen desde el 25 de octubre y se requiere que quien quiera hacer uso de tal opción obtenga el permiso provincial propuesto en el programa denominado “Volver a Casa” ingresando a la página https://gobiernodigital.chaco.gob.ar/login.

-Chubut: Presta conformidad y no informa de requisitos.

-Córdoba: Presta conformidad para que los servicios de transporte, aéreo y terrestre, ingresen al territorio provincial con la aplicación Cuidar.

-Corrientes: Los pasajeros deberán solicitar el permiso de ingreso a la provincia de Corrientes con un trámite online a través del sitio https://permisos.corrientes.gob.ar/permisos

-Jujuy: Los pasajeros deben contar la APP Cuidar y los no residentes en la provincia deben poseer obra social que tenga prestación en el territorio, caso contrario deben contratar un seguro de viajero.

-La Rioja: Presta conformidad para reanudar los servicios aéreos, pero se realizará control médico obligatorio en el Aeropuerto al momento de la llegada. Se exigirá al ingreso un certificado de PCR o Test rápido de antígenos con resultado negativo menor a 72 horas.

-Mendoza: Presta conformidad.

-Misiones: Se requiere certificado de Covid-19 negativo menor a 48 horas. En caso de no contar con el mismo, se deberá realizar el Test rápido de Covid-19 o PCR a costo del viajero.

-Neuquén: Vuelos restringidos a pasajeros de actividades esenciales; personas en tratamiento médico o repatriados con domicilio en la Provincia que tengan como destino final alguna de las 7 (siete) localidades que registran transmisión comunitaria de Covid-19 en el territorio.

-Río Negro: Informa que los pasajeros deberán presentar Certificado Covid-19 negativo realizado con un máximo de 48 horas de antelación a los traslados.

-Salta: Certificado de PCR negativo, descargar la APP “Salta Covid” y contar con el Certificado de ingreso del “Registro Único de Ingreso a Salta – RUIS” obtenido a través de la web covid19.salta.gob.ar.

-San Juan: Se requiere el certificado de PCR negativo menor a 72 horas, exceptuando los menores de 6 años, que no están obligados a presentar dicho certificado.

-San Luis: Se presta conformidad para personal esencial y viajeros por razones de salud.

-Santa Cruz: Sujeto a la autorización de cada COE local de la capacidad de garantizar el control y el aislamiento de 14 días en hotel o dispositivo de aislamiento determinado a tal fin.

-Santiago del Estero: Se presta conformidad para aquellas personas que se encuentren habilitadas por el art. 11 del DNU N° 792/20.

-Tierra del Fuego: Se permite el ingreso de pasajeros residentes en la provincia o a aquellas personas no residentes que cuenten con la autorización correspondiente del COE y que todos los pasajeros que se hayan realizado el test de PCR hasta 72 horas antes del vuelo.

-Tucumán: Prueba RT – PCR no detectable para Covid realizada 72 horas previas al inicio del viaje.

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