viernes, noviembre 22, 2024
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Coronavirus: el Senado bonaerense aprobó por unanimidad la emergencia para Pymes

En plena pandemia por coronavirus, la cámara de Senadores bonaerense aprobó un proyecto de ley que declara la emergencia productiva, económica, financiera y tarifaria por 180 días para las Pymes afectadas por la cuarentena.

La normativa que fue votada por unamidad por los legisladores contempla beneficios impositivos; líneas de crédito especialmente destinadas al sostenimiento de las micro y pequeñas empresas y la formación y capacitaciones en material legal, contable, impositiva y administrativa.

Además, prevé desarrollar en forma conjunta con los municipios facilidades de pago para regularizar deudas de tasas e impuestos municipales.

Ahora, la iniciativa que fue impulsada por los senadores de Juntos por el Cambio Walter Lanaro, Flavia Delmonte y Andrés De Leo, fue girada a Diputados para su tratamiento.

Al respecto el senador Lanaro advirtió sobre la “angustiante situación” que está atravesando el país y consideró necesario “dar respuestas concretas en forma urgente”. “Este proyecto pretende transformarse en un alivio para las micro y pequeñas empresas, fundamentales para el desarrollo de los vecinos de la provincia, motor de la recuperación pospandemia”, explicó.

Por su parte, Delmonte manifestó que la “complicada situación” requiere de “un trabajo en conjunto, sin distinciones partidarias”. “Con ese espíritu es que presentamos en su momento este proyecto que busca acompañar y proteger a aquellos sectores que se encuentran más vulnerables ante la disminución de la actividad económica”, agregó

Entre otras cosas, el proyecto establece prórrogas para el vencimiento y pago de los impuestos provinciales que operen durante el período de vigencia del estado de emergencia. También establece un plan de refinanciación y descuento al pago del impuesto automotor del año en curso, que no podrá ser inferior al 40 % y no excederá nunca el 60%.

Además contempla un plan de refinanciación y descuento al pago del impuesto inmobiliario correspondiente al año en curso, que no podrá ser inferior al 16% y no excederá el 84%, entre otros beneficios.

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