viernes, noviembre 22, 2024
Nacionales

Argentina cerró todas sus fronteras

El Gobierno decidió cerrar todas las fronteras del país desde las 0 de este viernes, como parte de las medidas oficiales para mitigar la expansión del coronavirus. Los residentes argentinos tampoco tienen permitido el ingreso, aunque no se afectará al comercio exterior.

La medida entró en vigencia en el primer minuto de este viernes y durará hasta el 31 de marzo, incluyendo pasos fronterizos internacionales, puertos, aeropuertos y centros de frontera, como fue publicado en el Boletín Oficial.

El Gobierno, a través del Ministerio del Interior, se reservará el poder para prolongar la medida en abril. Quedan exceptuadas aquellas personas que están actualmente en vuelo hacia la Argentina.

Así, la Casa Rosada extendió las restricciones que había puesto en marcha el 15 de marzo, cuando suspendió la llegada de vuelos desde países considerados de alta transmisión del coronavirus.

El decreto ordena a la Cancillería a tomar “las medidas pertinentes a efectos de facilitar la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país que no pudieran ingresar al territorio nacional” por el cierre de fronteras.

El Poder Ejecutivo decidió en las últimas horas suspender los vuelos especiales que repatriaron argentinos desde distintas partes del mundo. El presidente Alberto Fernández había adelantado que el Ministerio de Relaciones Exteriores brindaría apoyo económico a quienes quedaron varados.

Respecto a los argentinos que quedaron en otras ciudades, el ministro de Defensa, Agustín Rossi, explicó en una entrevista con A24: “Vamos a ir regulando los que entran a medida que se vaya evaluando la situación en el país. Su ingresó dependerá de si el sistema de salud pública puede absorberlos. No queremos que esto genere que tengamos que enfrentar a la pandemia con complicaciones”.

Uno de los sectores que permanecerá exceptuado del cierre de fronteras será el de comercio exterior. El decreto establece que se permitirá la circulación de “personas que estén afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, por medios aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y lacustres; los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves”.

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