Aclaran que personas privadas de libertad y funcionarios públicos no podrán percibir el refuerzo de ingresos
Las personas privadas de libertad “bajo cualquier modalidad”, así como los funcionarios de “todos los niveles de gobierno” de la Nación, las provincias y los municipios no podrán percibir el refuerzo de ingresos de $ 18.000 que se dispuso el pasado 28 de abril.
Así se estableció en la resolución conjunta 1/2022 de las secretarías de Política Económica del Ministerio de Economía y de Seguridad Social de la cartera de Trabajo, publicada hoy en el Boletín Oficial, dictada para “precisar ciertos aspectos a los efectos de lograr una correcta aplicación de las disposiciones” del Decreto 216/2022.
La medida mantiene el requisito de no desempeñarse en el circuito laboral formal ni percibir ingresos que superen el equivalente a dos salarios mínimos, pero lo eleva a tres haberes al considerar al grupo familiar completo “con excepción de los y las titulares de la Prestación por Desempleo”.