Absolvieron a una mujer sufría violencia mientras estaba embarazada y apuñaló a su pareja
El juez Ramiro Fernández Lorenzo, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata, absolvió a Ayelén Micaela Roldán, acusada de haber asesinado de una puñalada a su marido, Alejandro Gabriel Brizuela, luego de que él la golpeara estando embarazada.
El hecho ocurrió durante la noche del 9 de diciembre de 2016 en una vivienda de la localidad de Lobos. La puñalada con una cuchilla común Tramontina le generó al sujeto un profundo corte que le produjo una hemorragia que derivó en un paro cardio respiratorio que terminó con la vida del hombre.
Previo al debate oral, las partes acordaron un juicio abreviado por “homicidio cometido con exceso de legítima defensa”, por lo cual la joven iría a parar a prisión.
En el juicio abreviado quedó acreditado que “desde finales del año 2014 hasta el día del fallecimiento de Brizuela, Ayelén Micaela Roldan sufrió varios episodios de violencia de género por parte de aquel, consistentes en insultos, amenazas, agresiones físicas y hasta daños a objetos de su propiedad”.
El día del hecho, la joven cursaba un embarazo de entre 19 y 20 semanas, y cuando ella se disponía a entrar a su casa, su marido “corrió hacia ella y la empujó violentamente, ante lo cual la mujer, para intentar defenderse y pronosticando lo que podía ser un nuevo episodio de violencia física, tomó una cuchilla que había en la mesada y le asestó a Brizuela una puñalada”.
Después de esa situación, Brizuela agarró una remera y comenzó a hacerle presión en la herida para evitar que su pareja siguiera sangrando. Mientras tanto, el sujeto le decía a dos oficiales de policía que habían llegado al lugar que su mujer le había provocado la lesión pero que fue un accidente doméstico.
En su argumento, el juez Fernández Lorenzo sostuvo que “la defensa permitida no se corresponde fijamente con una agresión determinada, sino que depende de la fortaleza del autor y víctima, de las perspectivas de resultado y de los medios defensivos disponibles, en cuyo empleo la defensa necesaria puede ser distinta a igualdad de agresión por lo demás”.
Y, en este caso en particular, “Roldán era víctima de violencia de género por parte de su pareja Brizuela, específicamente, cada vez que aquella pretendía terminar con la relación, este la amenazaba y la agredía físicamente”.
Además, indicó el Magistrado, la mujer no solamente defendió su vida de un ataque sino también la de un tercero: el hijo que llevaba en su vientre, por lo cual anuló el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa y absolvió a la joven.