viernes, noviembre 22, 2024
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Un juez de Rosario autorizó a una mujer a casarse con su hijastra

Un juez de Familia de Rosario autorizó a una mujer a casarse con su hijastra de su misma edad y declaró inconstitucional un artículo del Código Civil y Comercial vigente que impide el matrimonio por “parentesco”.

“La Constitución Nacional garantiza a todo ciudadano el derecho de procurar su propia felicidad, y si una ley impone el parentesco por afinidad como impedimento para contraer matrimonio se menoscaba a estas dos mujeres”, argumentó el juez de Familia Ricardo Dutto en un fallo divulgado hoy.

Según consta en la sentencia de 27 fojas, ambas mujeres de 33 años presentaron un recurso de “inconstitucionalidad” al artículo 403 del Código Civil y Comercial vigente que “impide” un matrimonio con relación de parentesco en línea recta en todos los grados.

Las demandantes se enteraron de ese impedimento en la primera semana de este mes en el registro civil de Rosario, cuando concurrieron a solicitar turno para casarse, por lo que posteriormente decidieron presentar el caso en la Justicia y así lograron la autorización para contraer matrimonio.

Según consta en el expediente, una de las mujeres -la hija del fallecido- nació en 1983 y su madre murió en enero de 1999.

Posteriormente, en setiembre de 2009, el viudo contrajo matrimonio en segundas nupcias con otra mujer, quien quedó viuda al poco tiempo, en enero de 2010, y ahora está en condiciones de casarse con la hija de su ex pareja.

La hija y la esposa jamás mantuvieron un vínculo de madrastra e hijastra pero a poco del fallecimiento del hombre se acercaron, se conocieron y nació un gran afecto. Luego, se pusieron de novias y desearon casarse. De hecho, actualmente conviven”, expresa el juez en el fallo en el que ordena al Registro Civil a cumplir con la petición de las demandantes. (Agencia DyN)

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