Exigirán licencia de conducir y seguro para manejar cuatriciclos
La gobernadora María Eugenia Vidal envió a la Legislatura bonaerense un proyecto para modificar la Ley provincial de Tránsito que establece un nuevo régimen de sanciones y reincidencia, promueve las licencias digitales para agilizar los trámites y regula el uso del cuatriciclo como vehículo automotor.
El texto, que ya ingresó a la Cámara de Diputados, viene a modificar la ley 13.927. El primero de los ejes tiene que ver con la agilización y transparencia de los trámites mediante la incorporación de la licencia digital, que podrá ser obtenida al momento de aprobación del trámite y elimina el paso de la impresión.
En ese sentido, el proyecto promueve, además, las notificaciones por infracciones de manera electrónica, y la digitalización de los archivos, que actualmente son en papel, lo que “origina demoras a la hora de responder los requerimientos de la autoridad de aplicación”.
Otro de los ejes de la iniciativa tiene que ver con la regulación de los cuatriciclos, que en la actualidad circulan sin ningún tipo de reglamentación, tanto a nivel nacional como provincial. Los mismos quedarán incorporados a la categoría de vehículo automotor, y sus conductores deberán llevar licencia de conducir, seguro obligatorio, patente, y caso homologado.
Los acompañantes también deberán usar casco, y no se permitirá el transporte de más personas que las permitidas por el fabricante. Además, en el caso de los vehículos que no tengan parabrisas, el conductor deberá usar anteojos. También se regularán los espacios por donde podrán circular, estableciendo “zonas”, “corredores” y “predios de uso seguro”, que serán determinados por los municipios de acuerdo a las características de cada región.
De acuerdo a los fundamentos del proyecto redactado por el Gobierno bonaerense, en Argentina los accidentes de tránsito son la primera causa de muerte en personas de hasta 35 años y la omisión del uso de casco causa el 80 por ciento de las muertes.
En ese sentido, la nueva ley obligará a las estaciones de servicio a cargar combustible a “vehículos motocicletas, ciclomotores, triciclos motorizados y cuatriciclos cuyo conductor y acompañante lleven consigo el casco reglamentario”. Esos comercios deberán exponer la leyenda “Protegemos tu vida: sin casco no hay combustible”. Hasta hoy, esa normativa era impulsada en el ámbito de los concejos deliberantes y tenía poco nivel de cumplimiento.
Además, se modificará el artículo 48 de la norma que obligaba a imprimir el dominio en el casco y el uso de chaleco reflectante, que había sido incorporado durante la gestión anterior.
Régimen de sanciones
Por último, se incorpora un nuevo régimen de sanciones y reincidencia, con la inhabilitación para “los casos en que se haya cometido la falta grave de conducir en estado de intoxicación alcohólica”. Regirá por seis meses para quienes tengan más de 0,5 mg de alcohol en sangre; por un año para más de 1 mg, y 18 meses para más de 1,5. (Infocielo)