Interpusieron un recurso contra el fallo que absolvió a Vicente Massot por homicidio
El fiscal general, Javier De Luca, interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia para revocar la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que convalidó la falta de mérito en la causa contra el empresario periodístico Vicente Massot.
La medida apunta contra la resolución de Casación Federal, que el de julio había declarado inadmisible la queja interpuesta contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca. Ésta había convalidado, a su vez, la decisión del juez Claudio Pontet, quien declaró la falta de mérito de Massot.
El empresario es investigado por los homicidios de los obreros gráficos del diario La Nueva Provincia e integrantes del sindicato de Artes Gráficas de Bahía Blanca, Enrique Heinrich y Miguel Angel Loyola, y la instigación pública al genocidio o delitos de lesa humanidad a través de los editoriales del periódico.
Para el fiscal, la resolución judicial constituye un sobreseimiento encubierto que viola la obligación internacional de “dilucidar y juzgar seriamente los hechos constitutivos de esta clase de delitos”, además de poner en riesgo la soberanía jurisdiccional del Estado Argentino porque, al tratarse de delitos de jurisdicción universal, cualquier otro país podía juzgar los hechos si no se lo hacía aquí.
La decisión, tanto del magistrado como de la Cámara de Apelaciones “encubre la consagración de un estado de duda indefinida sobre la intervención de los responsables en el hecho de lesa humanidad investigado, lo cual se traduce en la imposibilidad de avanzar el proceso hacia la etapa de juicio oral”, sostuvo el representante del Ministerio Público. Y agregó que las pruebas incorporadas, hasta el momento, son suficientes para procesar a Massot.
De Luca repasó los elementos de prueba vinculados a los casos Heinrich y Loyola, los del rol de La Nueva Provincia en la “actividad psicológica” de la que el diario de Bahía Blanca “formó parte del y sirvió al plan criminal perpetrado por la última dictadura militar”, y su adecuación a la calificación legal de instigación pública o incitación a la violencia colectiva que eran la concreción del crimen internacional e instigación al genocidio o graves violaciones a los derechos humanos.