viernes, noviembre 22, 2024
Economia

Los profesionales que paguen IVA podrán hacerlo por trimestre

En el marco de un plan de incentivos que beneficiará a alrededor de 900.000 pymes, el Gobierno dispondrá hoy que aquellas personas físicas que son responsables inscriptos y que prestan servicios -generalmente profesionales- podrán pasar de pagar el IVA mensualmente a hacerlo por trimestre, lo que implicará un alivio financiero “significativo”, que el Gobierno cree que impactará en la actividad económica y en la generación de empleo.

La resolución será publicada hoy -si hay espacio en el Boletín Oficial- y es parte del plan Pyme que el Ejecutivo presentó la semana pasada con el objetivo de ganar la iniciativa en medio de la disputa por la ley antidespidos.

El programa tiene tres patas y es de un alto impacto para el sector: se actualizarán los umbrales de las retenciones de Ganancias (un 400% en promedio) y del IVA (un 135%), algo que no sucedía desde 2000 y 2003, respectivamente. Son porcentajes menores que la inflación acumulada hasta la actualidad.

En segundo lugar, la AFIP permitirá el trámite de un certificado de exclusión de retenciones, que se otorgará automáticamente y por seis meses. Para las micro empresas (con una facturación de entre 2 millones y 9 millones, según el sector) el único requisito será tener dos meses consecutivos de saldos a favor de libre disponibilidad. En tanto, para la pequeña y mediana empresa se reduce a la mitad la proporción de saldo a favor de libre disponibilidad de IVA determinado según los últimos doce meses (antes era de 20% y ahora será de 10%). Hoy unas 280.000 pymes sufren retenciones y tienen saldos a favor que se licúan con la inflación.

La tercera pata es la que incluye a aquellas personas físicas -responsables inscriptos- que brindan servicios. “Algunas pymes deben ingresar el IVA facturado sin haberlo cobrado de sus clientes, ya que su ciclo de cobranzas habitualmente excede el mes”, se explicó en la AFIP. En la actualidad, el pago del IVA a la agencia impositiva se hacía mensualmente. Ahora se podrá hacer trimestralmente para las micro y para las pymes (tramo 1). Por ejemplo, el IVA facturado en junio, julio y agosto se abonará en septiembre. No obstante, la presentación de las declaraciones juradas continuará siendo mensual, aclararon.

El beneficio financiero será automático. Si una persona física o jurídica tiene un saldo a pagar de $ 26.000 en enero, $ 22.000 en febrero y $ 21.000 en marzo (un total de $ 69.000 en el primer trimestre), con las modificaciones no pagará en enero, febrero y marzo y liquidará su saldo recién en abril. Se trata de un ahorro financiero de 3% por mes. En el ejemplo, la pyme se ahorra alrededor de 2220 pesos.

Para acceder a los beneficios, las empresas y personas categorizadas como mipymes deben solicitar el IVA trimestral en la web de la AFIP. El beneficio se otorga por un año y puede ser renovado, y decae ante la falta de presentación de tres declaraciones juradas mensuales o de un pago de IVA trimestral.

“En tiempos de alta inflación, son medidas financieras muy importantes para las pymes”, explicaron en la AFIP. “La idea es que estas empresas cuenten con ese capital de trabajo para invertir e impulsar su liquidez”, aclararon. Para el Gobierno, se trata de una baja de la presión tributaria para el sector, a pesar de que no se modifica ninguna alícuota (algo que debería hacer el Congreso). “Es un plan de facilidades a tasa cero”, graficó un funcionario del Ejecutivo.

Además de estos beneficios, el Gobierno anunció una ampliación del financiamiento preferencial para el sector y un trabajo profundo en la agilización de los trámites. Además, enviará un paquete de leyes al Congreso para ampliar los beneficios para las pymes. (La Nación)

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