Registro "No llame": cómo denunciar los llamados no deseados
El Gobierno reglamentó un procedimiento interno y una nueva línea 0800 para presentar quejas contra las empresas incumplidoras.
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales implementó nuevos mecanismos y procedimientos para denunciar a las empresas incumplidoras del Registro “No Llame”, que permite a los usuarios impedir llamados y mensajes comerciales a sus teléfonos.
La disposición, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece la línea 0800-444-3360 como nueva vía de denuncias contra las compañías, que se añade a los canales ya vigentes para los usuarios como el número 146 y la página web www.nollame.gob.ar.
Asimismo, la normativa adopta un nuevo “esquema procedimental” interno en la gestión de los reclamos de los inscriptos al registro, que posibilite “el adecuado cumplimiento de los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos”.
Según indica el texto de la disposición 44/2015, el fin de los cambios es “simplificar y optimizar el procedimiento para la interposición de denuncias por incumplimientos a la Ley N° 26.951” de Protección de Datos Personales.
El protocolo establece que el usuario deberá estar inscripto previamente a “No Llame” para denunciar a una empresa que insista en comunicarse para vender algún producto, y deberá hacerlo con el número “debidamente inscripto al registro a fin de verificar la procedencia de la llamada”. Allí, deberá constar el día en que la empresa llamó e incumplió con la normativa.
Desde ese momento, el reclamo pasará a formar parte del “sistema de gestión de denuncias”que estará bajo la órbita de la Dirección Nacional de Protección de Datos y al que sólo podrán acceder los funcionarios públicos.
Cabe recordar que solo puede intimar recién 30 días corridos después de haber sido confirmada la inscripción al Registro “No Llame”. Por eso, en caso de que la denuncia sea formulada por la página web y no sea aceptada, el sistema emitirá la siguiente leyenda: “No es posible registrar su denuncia, a la fecha informada el número telefónico no se encontraba inscripto o bien no han transcurrido 30 días corridos desde la inscripción”.
Si esos requisitos previos están cumplidos, el usuario será remitido a otra pantalla en la que deberá consignar datos como nombre y apellido completos; documento de identidad; día y hora de la llamada que motiva la denuncia; número de teléfono del denunciado, si lo conociera; empresa, marca, concesionaria o agente a quien corresponde la llamada que motiva la denuncia, y un correo electrónico válido, a donde será confirmado el reclamo.
Por otro lado, el sistema de gestión tendrá como finalidad “determinar el trámite a ser asignado en cada caso y conformar las planillas con el detalle de las denuncias recibidas que se adjuntarán a las respectivas intimaciones” contra las empresas.
En caso de no existir inconsistencias o insuficiencias de datos en los reclamos, la autoridad de aplicación dará apertura de actuaciones administrativas para efectuar las sanciones correspondientes, en las que “se acompañará una planilla con el detalle de las denuncias recibidas”.