miércoles, enero 15, 2025
EconomiaEconomia

Qué sueldos pagarán el Impuesto a las Ganancias tras el dato de inflación del INDEC

Con el dato de inflación de diciembre, que difundió este martes el INDEC, se actualiza en 2,7% el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, en línea con la inflación acumulada. Así lo estableció la ley 27.737, conocida como reforma fiscal.

por única vez, para actualizar Ganancias se toma la inflación acumulada entre septiembre y diciembre, dado que en el noveno mes de 2024 ya había habido una actualización parcial (de 13%) por la que estaban alcanzados por Ganancias los sueldos con ingresos brutos desde $2.040.300 en el caso de los solteros, y desde $2.682.208 para casados con dos hijos.

Hasta julio de 2024, Ganancias se ajustaba una vez por año, en el comienzo, por la remuneración promedio (RIPTE) acumulada en los últimos 12 meses a octubre del año previo. La reforma fiscal de Javier Milei impuso que la indexación de esos parámetros se haga por inflación acumulada y cada seis meses: en enero y en julio de cada año desde el ejercicio fiscal 2025.

La actualización del piso del Impuesto a las Ganancias estará vigente con los sueldos que se cobren febrero. De acuerdo a lo que establece la nueva ley, el mínimo no imponible se fija en relación con la variación de precios que mide el INDEC.

Además del mínimo no imponible, la actualización por IPC incluye a las deducciones y las escalas que determinan el porcentaje del impuesto a pagar según el ingreso. El nuevo mínimo no imponible para el primer semestre de 2025 queda de la siguiente manera:

  • Solteros sin hijos con salarios brutos de $2.285.136.
  • Empleados que estén casados y tengan dos hijos$3 millones brutos. Durante enero, el piso era de $2.682.208.
Comentarios