lunes, noviembre 25, 2024
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La ANMAT prohibió un repelente de insectos por falta de inscripción e irregularidades en su eficacia

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un repelente de insectos por falta de inscripción y sospechas de ilegitimidad.

La Disposición 9187/2024 se publicó en el Boletín Oficial y dispuso la prohibición del uso, comercialización, publicidad, distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del repelente de insectos de origen nacional denominado “Repelente de mosquitos acción prolongada marca ‘Chau Mosquitos de Te Cuida Mejor’, en todos los lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos.

En los considerandos, la norma estableció que las actuaciones se iniciaron cuando el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud (DEGMPS) recibió una notificación -en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT- sobre la comercialización de este producto de origen nacional por sospecha de legitimidad.

Ante ello, el personal del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal consultó en su base de datos y pudo determinar que los datos no corresponden a un repelente de insectos inscripto ante la ANMAT.

Fue por eso que se procedió a efectuar una fiscalización en medios electrónicos en busca de sitios web o publicaciones donde se ofreciera, de acuerdo a lo consignado en la medida. Luego, por nota, se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que gestionen las bajas de las citadas publicaciones de venta electrónicas.

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