viernes, noviembre 22, 2024
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Marcha atrás oficial: el gobierno derogó la resolución que autorizaba a las empresas de seguros a dejar de ofrecer las grúas

El Gobierno Nacional revirtió la decisión que prohibía incluir en las pólizas de seguro automotor el acarreo por desperfectos mecánicos.

A través de la Resolución Sintetizada 269/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación dejó sin efecto la medida que debía entrar en vigencia el 24 de julio próximo.

“Reincorpórense los textos de las cláusulas “CG-CO 4.1. Gastos de Traslado y Estadía Cláusula de emisión obligatoria” y “CA-CO 15.1. Servicio de Remolques” en el inciso a.1) del Anexo del punto 23.6. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), conforme su anterior redacción”, reza el texto oficial.

La noticia había sido adelantada por el sitio Infobae el viernes pasado y solo restaba su oficialización.

El Poder Ejecutivo decidió dar marcha atrás con la decisión luego que, en los últimos días, un grupo muy importante de compañías de seguros, habían empezado a organizarse para dejar de prestar el servicio simultáneamente a partir del 1 de julio, adelantándose 23 días a la fecha máxima que exigía la Resolución SSN N° RESOL-2024-217-APN-SSN#MEC.

A cambio de esa decisión, se había decidido emitir un endoso en las pólizas que sería aproximadamente de entre $600 y $800, para quedar cubiertos de eventuales acciones legales de los usuarios.

Mientras todo esto sucedía, el 28 de mayo, la Asociación de de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Acuda), había dado inicio a una acción colectiva contra la Superintendencia de Seguros de la Nación por resolución que afectaba derechos de los consumidores, con el objetivo de obtener la nulidad del artículo 2° de la mencionada resolución de la SSN, que eliminaba el servicio de remolque cuando no tiene relación con un siniestro como accidente, incendio y robo o hurto, sino para asistencia mecánica.

Según dijo la asociación, la resolución privaba a los consumidores de “un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro”.

Además de solicitar la nulidad del artículo mencionado, Acuda había presentado también una solicitud de medida cautelar para que, en lo inmediato, se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada.

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