El fiscal de la causa por Memorándum con Irán se opuso al cierre del caso
El fiscal ante el Tribunal Oral Federal 8, Marcelo Colombo, se opuso este miércoles al cierre de la causa por el Memorándum con Irán, pidió a los jueces que rechacen los planteos de inexistencia de delito de las defensas y ratificó que el caso debe llegar a juicio.
En similar sentido expuso el abogado de una de las querellas, por familiares de las víctimas del atentado a la AMIA, Tomás Farini Duggan, quien por primera vez se presentó a la audiencia, que se extendió por seis jornadas y finalizó hoy.
Las posturas de fiscalía y querella fueron rebatidas por las defensas en tanto uno de los procesados, el viceministro de Justicia de la Nación Juan Martín Mena, habló de manera directa al Tribunal para ratificar que hay “prueba nueva” sobre la inexistencia de delito.
Tras escuchar a todas las partes, los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini quedaron en condiciones de pasar a deliberar y resolver sobre el planteo de nulidad de la reapertura de la causa a raíz de reuniones que mantuvieron dos de los camaristas de Casación que lo decidieron, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, con el expresidente Mauricio Macri en 2016.
También decidirán sobre planteos de inexistencia de delito incorporados durante la audiencia, en base a lo que las defensas consideraron “hechos nuevos” que demostrarían que las circulares rojas de captura internacional a ciudadanos iraníes por el atentado siempre estuvieron vigentes, entre otros aspectos.
Al inicio de la audiencia, el fiscal Colombo solicitó el “rechazo de las nuevas incidencias de excepción de falta de acción” y ratificó el “rechazo a la nulidad” de la reapertura de la causa.
“No se ha producido ninguna prueba nueva durante la instrucción suplementaria que permita hacer uso de la regla” que habilitaría a cerrar el caso sin llegar a juicio, argumentó el fiscal en alusión a los planteos de las defensas, entre ellas la de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Colombo diferenció la causa por la firma del Memorándum con la conocida como “dólar futuro”, que sí fue cerrada con sobreseimientos porque una pericia incorporada en la etapa de preparación del juicio oral demostró que no hubo perjuicio económico para el Estado Nacional con esa operatoria.
“Hubo una novedad absoluta”, dijo en relación a esa pericia y “esa nueva prueba permitía demostrar que uno de los elementos de la acusación no estaba configurado”, recordó el fiscal sobre ese caso.Sin embargo, en la causa por el Memorándum, argumentó que “las cuestiones novedosas que presentan las defensas para nosotros no lo son”.
Por su parte, el abogado Farini Duggan reclamó al Tribunal que se fije fecha de inicio al juicio, rechazó el cierre del caso y reiteró la acusación vinculada a la firma del Memorándum con el objetivo de hacer cesar las “circulares rojas” de Interpol.
Al responder a fiscalía y querella, el actual viceministro de Justicia Martín Mena, uno de los procesados en el caso, consideró “absolutamente falso” que las capturas hayan dejado de estar vigentes en algún momento.
El funcionario habló desde su despacho en la audiencia que se realizó a través de la plataforma virtual Zoom y enumeró cuatro puntos en su derecho a réplica a fiscalía y querella.
Sobre la prueba nueva, remarcó que “no se tuvieron en consideración las comunicaciones del canciller (Héctor) Timerman a Interpol ni la respuesta del director de Asuntos Jurídicos Joel Sollier donde quedó perfectamente claro cuál había sido el rol de las autoridades argentinas y cuál era la consideración jurídica de Interpol sobre el status de las alertas rojas”, expresó Mena.
Sobre los oficios de Interpol incorporados a la causa sostuvo que “esto es novedoso, es prueba nueva y es importante porque no fue ninguna de las partes, sino que fue incorporada por un organismo público internacional”
“Sobre la consideración de la querella sobre la vigencia del Memorándum, esto es absolutamente falso, no estaba vigente como dijo la querella”, sostuvo Mena.”No sólo no fue aprobado legislativamente” por Irán sino que “el propio texto preveía específicamente que la puesta en vigencia dependía del intercambio de notas verbales entre ambos Estados y eso nunca sucedió”, agregó.
“En esta causa no se necesita ni siquiera una pericia muy compleja, las alertas rojas están vigentes, no necesitamos que lo diga ninguna pericia”, dijo también en relación al paralelismo que hizo la fiscalía con la ya cerrada causa “dólar futuro”.
A más de nueve años de la firma del fallido Memorándum, “las alertas rojas están aún vigentes” por lo cual “no hay perjuicio” al Estado, mencionó Mena quien era subsecretario de Políticas Criminales en 2013, cuando se firmó el acuerdo.
El funcionario exhibió en la audiencia la filmación de una audiencia en el plenario de Comisiones de la Cámara de Diputados a la que acudió junto con el ya fallecido y entonces canciller Héctor Timerman para explicar el contenido del acuerdo, que luego fue ratificado por ley, remarcó.
Mena adhirió a los argumentos del defensor del procurador del Tesoro Carlos Zannini, Mariano Fragueiro Frías, quien lo precedió al exponer.”Acá estamos hablando de un tratado que está facultado a hacer el Poder Ejecutivo, pasó por el Congreso que lo aprobó”, sostuvo Fragueiro Frías.“Es insólito seguir sosteniendo” que es “antijurídico” cuando “fue votado” en el Congreso que lo avaló con una ley, agregó.
Además de Mena, su abogado Marcos Aldazábal y Fragueiro Frías también rechazaron en la audiencia los argumentos de fiscalía y querella las defensas de Andrés Larroque, actual ministro de Desarrollo Social bonaerense, a cargo de Lucila Larrandart; del senador Oscar Parrilli por parte del abogado Anibal Ibarra y de la exprocuradora del Tesoro Angelina Abbona, a quien defiende Eduardo Barcesat.
La denuncia de Nisman por supuesto “encubrimiento agravado” a raíz del tratado firmado en 2013 y que, según sostuvo, habría buscado el cese de las alertas rojas de captura internacional contra ciudadanos iraníes acusados por el ataque del 18 de julio de 1994, fue cerrada por “inexistencia de delito” en febrero de 2015 por el juez federal Daniel Rafecas.
Esa decisión del juez de primera instancia fue confirmada después por la Cámara Federal porteña y en mayo de 2016 por Casación, porque el fiscal ante esa instancia, Javier De Luca, no mantuvo la apelación y también evaluó que “no hubo delito”
Sin embargo, el 29 de diciembre de 2016, el máximo tribunal penal federal del país con los votos de Borinsky, Hornos y Ana María Figueroa reabrió la causa tras analizar la supuesta aparición de nueva prueba.
La supuesta “nulidad” de esta decisión es ahora analizada por el TOF8, que sumó además planteos por “inexistencia de delito” para resolver si avanza o no en la preparación del juicio oral.