viernes, noviembre 22, 2024
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Rafecas, sobre las nuevas escuchas: “No tienen ninguna relevancia, no sirven de nada”

El juez que desestimó la denuncia de Alberto Nisman contra la Presidenta habló conINFOnews en exclusiva sobre las “nuevas” escuchas que se divulgaron en algunos medios. Y respondió sobre los cuestionamientos a su fallo.

El juez Daniel Rafecas le respondió duramente a los cuestionamientos a su fallo por las nuevas escuchas telefónicas que se filtraron en algunos medios. En diálogo exclusivo con INFOnews, el magistrado afirmó: “Esas escuchas no tienen ninguna relevancia, no sirven de nada”.

Rafecas se refirió a los audios filtrados sobre parte de la denuncia de Nisman que se divulgaron ayer en programas televisivos y portales. El juez explicó: “Había miles de escuchas. De esas miles de escuchas, la Secretaría de Inteligencia las mandó a la Unidad Fiscal AMIA y la fiscalía (dirigida por Nisman en ese entonces) elige para la denuncia las que le parece más relevantes“.

“Yo tengo la obligación de analizar las evidencias que presenta la fiscalía”, dijo el juez

“Las escuchas que publica ayer Majul (Luis Majul, el periodista que tiene un programa en canal América los domingos por la noche) están en la causa. El resto de las publicadas en otros medios no están en la causa, son de la SIDE”, agregó el magistrado.

Sobre esto, Rafecas manifestó a INFOnews: “Yo tengo la obligación de analizar las evidencias que presenta la fiscalía. El resto de las escuchas, las cuales no están en la causa y que la fiscalía no presentó, no tienen ninguna relevancia, no sirven de nada“.

Luego de las declaraciones de Rafecas, el juzgado que está a su cargo emitió un comunicado.

Comunicado del Juzgado Federal N° 3, a cargo del juez Daniel Rafecas

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 a cargo del Dr. Daniel Rafecas
Con relación a la reciente resolución adoptada, en cuanto se dispuso la desestimación de la denuncia presentada por el Dr. Alberto Nisman, se comunica lo siguiente:

1) El Juez, conforme los arts. 161 y 180 del Código Procesal Penal de la Nación, tiene 3 días hábiles para expedirse, tras la formulación del requerimiento de instrucción por parte del Fiscal. En este caso, atento la complejidad del asunto, el Juez demoró siete días hábiles en hacerlo.
2) Con relación a las escuchas telefónicas, el juzgado, para tomar su decisión en tan breve plazo, sólo debió estudiar las transcripciones y grabaciones que presentó la Fiscalía ante el juzgado, que están valoradas en la denuncia del Dr. Nisman y que son de público conocimiento en estos días. En total, fueron unos 15 CD, totalizando un centenar de conversaciones. Su tenor y relevancia fueron debidamente analizadas en el punto 3 b) de la resolución dictada el 26 de febrero ppdo.
3) Las “miles de escuchas telefónicas” de las que se dan cuenta en distintos medios, relacionadas con estos sucesos, evidentemente no fueron en su momento consideradas relevantes por los organismos encargados de su análisis, ni por la Fiscalía interviniente (UFI AMIA), y no fueron presentados como prueba ante la Justicia para fundamentar la denuncia por encubrimiento, de lo que se puede deducir que se trataría de conversaciones sin vinculación alguna con los presuntos hechos denunciados.

EL FALLO

El viernes, el juez Daniel Rafecas desechó la denuncia de Nisman y la posterior imputación del fiscal Gerardo Pollicita contra la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el canciller argentino Héctor Timerman.

“No hay un solo elemento de prueba, siquiera indiciario, que apunte a la actual Jefa de Estado respecto -aunque sea- a una instigación o preparación (no punible) del gravísimo delito de encubrimiento por el cual fuera no sólo denunciada sino también su declaración indagatoria requerida”, sostuvo el juez en su fallo.

 

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