viernes, noviembre 22, 2024
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Ordenan no descontar el impuesto a las Ganancias a un jubilado

Desde la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvieron que no se le descontara el Impuesto a las Ganancias a un jubilado de sus haberes.

La decisión regirá hasta que se resuelva la “cuestión de fondo”. Lo que queire decir, hasta que se defina si el cobro del tributo implicaba un acto confiscatorio o no por parte de la AFIP.

El jubilado Juan Alberto Dotta había elevado su reclamo al considerar que quiere percibir sus haberes “en forma íntegra, sin ningún menoscabo injustificado”. Y explicó que el impuesto “afecta su economía” y además le impide hacer frente a otros gastos en salud y alimentos.

La Sala IV de la Cámara revocó la medida que había sido negada en primera instancia. Consideró también que se habían cumplido los requisitos para dictar “la cautela requerida” por el jubilado.

Los camaristas Marcelo Duffy y Rogelio Vincenti destacaron el “carácter alimentario de los haberes jubilatorios” y “el deterioro económico nacional suscitado por las medidas adoptadas para contener la pandemia por Covid-19”.

Consideraron también que “bastaba con cruzar los datos de los departamentos previsionales y asistenciales estatales competentes para generar subclasificaciones que incorporen elementos relevantes de la vulnerabilidad a la capacidad económica inicial”.

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