Ley de alquileres: cuáles son los principales detalles de la norma sancionada por el Senado
Durante la tarde del jueves, el oficialismo aprobó la nueva ley de alquileres en el Senado sin la presencia de la oposición. Esta normativa cambia el Código Civil y Comercial de la Nación para establecer un nuevo marco para los contratos de viviendas. El mismo beneficia a los inquilinos con más duración para el convenio y la obligación de garantías para que sean elegidas por el propietario.
Entre los principales cambios que se establecieron se destacan los siguientes: el plazo mínimo para los contratos será de tres años en vez de dos. Las únicas excepciones están detalladas en el artículo 1199 del Código Civil y Comercial. Tanto el mes anticipado como el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. Por su parte, el reintegro del mes de garantía se debe realizar en efectivo y al momento de la restitución del inmueble, con valor del último mes de alquiler.
Por otro lado, modifica la compensación de los gastos del locador, lo cual ahora puede ser realizado por el locatario con importes de los alquileres, siempre con notificación previa.
Quedan a cargo del locatario las expensas que deriven de gastos habituales sobre servicios normales y permanentes a disposición. Por su parte, las extraordinarias deben ser paradas por el locador. Con respecto a a la intermediación, la misma debe estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.
En lo que a la garantía se refiere, el locatario debe proponer, como mínimo, dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario. Sobre su valor de garantía, el locador no puede requerir una que supere a cinco veces el valor mensual de la locación. La única excepción es que la garantía sea de ingresos, entonces puede ser elevada a diez veces.
La nueva ley excluye a los contratos de locación de los artículos 7 y 10 de la Ley de Convertibilidad 23.928, en lo que a actualización monetaria respecta. Sobre el valor de los alquileres, los mismos solo admiten ajustes una vez por año que sigan un índice conformado por el índice de precios al consumidor y el de remuneración imponible promedio de los trabajadores estables.
Otro punto importante es la obligación de declarar los contratos de locación ante la AFIP. Además, se dispone el desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos relacionados con los contratos de locación.
Por último, se establece la creación del Programa Nacional de Alquiler Social para que se adopten medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler a través de la contratación formal. En este punto se contemplan a las víctimas de violencia de género, la promoción de un seguro obligatorio en caso de faltas de pago de alquileres e indemnizaciones por daños y la regulación de las actividades de entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución.