lunes, noviembre 25, 2024
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ANMAT retiró del mercado un alfajor y prohibió el uso de unos equipos de ultrasonido

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) indicó en su página oficial, que la comunicad celíaca se abstenga de consumir una golosina que se exhibe en el mercado.

Son los “Alfajores, marca Doña Matilda”. El rótulo indica que son alimentos libre de gluten, elaborados por “Registro Nacional de Establecimientos (RNE) número 02-034451, para Marcela Prioleta”.

Sin embargo, la investigación se llevó a cabo por la entidad nacional junto con la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires y la Dirección de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro, luego de una denuncia

realizada por un consumidor celíaco que habría presentado sintomatología. El joven habría consumido un “Alfajor relleno con dulce de leche bañado con chocolate blanco cobertura, libre de gluten – lote 24/04/2020”.

La Dirección de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro analizó una muestra de ese lote aportada por el denunciante y de otra variedad. En ambas muestras de las respectivas golosinas se detectaron valores de gluten superiores al máximo permitido (10 mg/kg).

A su vez, el Laboratorio Nacional de Referencia del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) analizó más muestras. Todas arrojaron un valor de gluten superior al máximo permitido. Se detallan a continuación:

“Alfajor relleno con crema de café y dulce de leche bañado con chocolate de cobertura semiamargo, libre de gluten – Lote 07/04/2020”, “Alfajor relleno con crema de marroc y dulce de leche bañado con chocolate de cobertura semiamargo, libre de gluten – Lote 07/04/2020”, “Alfajor relleno con crema de avellanas y dulce de leche bañado con chocolate de cobertura semiamargo, libre de gluten – Lote 07/04/2020” y “Alfajor relleno con mousse de chocolate bañado con chocolate de cobertura semiamargo, libre de gluten – Lote 07/04/2020”. De esta manera, la ANMAT recomendó que no se consuman estos alimentos.

Además, el organismo publicó en el Boletín Oficial, la venta y la utilización de los accesorios de un sistema de ultrasonido que fue denunciado como robado.

La Disposición 3232/2020 estableció la prohibición del uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de los productos que se detallan a continuación: “Transductor PA122 Esaote, serie 5979; Transductor PA250 Esaote, serie 301; Transductor L4-15 Esaote, serie 1007; Transductor EC1123 Esaote, serie 174400408; Transductor C1-8 Esaote, serie 1542; Monitor LCD 21.5’ MLEIGHT Esaote, serie 2129048”.

Las razones fueron porque “el Director Técnico de la firma TECNOIMAGEN S.A., habilitada por esta Administración como firma importadora de productos médicos, informó el robo de un Sistema de Ultrasonido, marca ESAOTE, modelo MI Eight y accesorios, registrado como PM 1075-141”.

La medida se tomó con el “el fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de unidades individualizadas, de las que se desconoce su estado y condición”, por lo que sugirió “la prohibición de su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional” de esos productos”.

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