viernes, noviembre 22, 2024
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La ANMAT prohibió la comercialización de una marca de arroz

 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización de un arroz glaseado. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

La Disposición 2260/2020 prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Arroz glaseado tipo largo fino calidad 00000, marca El Cano, Cont. Neto 1000g, R.N.P.A. 025/08000362/061, lote 72, Env. Dic. 19, Vto. Ene. 21, R.N.E. 025/08000362,”.

La decisión se tomó después de una denuncia presentada ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) por la supuesta alteración de características organolépticas y el incumplimiento de la normativa alimentaria vigente.

El producto había sido entregado en un bolsón de alimentos, “en el marco de un programa asistencial de la Municipalidad de San Martín”.

Tras las averiguaciones, se detectó que las autorizaciones de producto y de establecimiento utilizadas por el producto habían sido dadas de bajas.

En ese sentido, el organismo estableció que “en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros sanitarios, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad, sus niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del I.N.A.L. recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional”.

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