domingo, noviembre 24, 2024
Nacionales

Empresarios lamentan no haber sido consultados antes de prohibir pirotecnia en actos oficiales

 

La Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (Caefa) lamentó hoy que el gobierno nacional no “haya convocado al sector”, antes de tomar la decisión, por decreto, de prohibir el uso de pirotecnia sonora en los actos públicos organizados por el Poder Ejecutivo, y recordó que en el país “unas 60.000 familias viven de esta actividad”.

“Lamentamos que previamente no se haya convocado al sector para trabajar juntos, intercambiar ideas, brindar información técnica y encontrar alternativas”, señaló en diálogo con Télam Ezequiel Asquinasi, Director de relaciones institucionales de Caefa.

Y agregó: “Estamos abiertos y con deseos de trabajar en conjunto, en todo lo que tenga que ver con el sector y la actividad”.

“El sector ya se está volcando a los productos lumínicos o de bajo impacto sonoro, casi todos los espectáculos de fuegos artificiales que se realizan son de bajo impacto sonoro”, explicó el dirigente.

Asimismo, Asquinasi precisó que “en cuanto a la venta minorista, estimamos que el 80 por ciento de las ventas son de productos lumínicos y del 20 por ciento restante, la mayoría son de bajo impacto sonoro”.

Y recordó que desde la Cámara “se realizan campañas de concientización con distintas organizaciones para fomentar el uso de pirotecnia con más luces y menos ruidos”.

Por último, Asquinasi aseguró que “en el país unas 60 mil familias viven gracias a la pirotecnia trabajando en la actividad, por eso es importante cuidar al sector y cada puesto de trabajo, especialmente en un contexto como el actual”.

El decreto 96/2019 publicado en el Boletín Oficial, establece que se prohíbe “la adquisición y uso por parte del Sector Público Nacional de artículos y de artificios de pirotecnia, de estruendo o sonoros, en los eventos y/o espectáculos que organice”, además en el articulo 3 insta “a adherir” a a las provincias, municipios y Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, la normativa excluye “de la prohibición” a los productos pirotécnicos “utilizados para emitir señales de auxilio, emergencia o lucha antigranizo, aquellos que sean de uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o acciones de defensa civil y los destinados al uso industrial, minero u otra actividad productiva o extractiva”.

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