viernes, noviembre 22, 2024
Locales

¿Otra ley de cupos?

Sería un porcentaje del treinta por ciento para los jovenes, igual al que se aplica a las mujeres. Es para los cargos legislativos, considerándose a menores de treinta años para las candidaturas a diputado, concejal y consejero escolar, y a hasta los treinta y cinco años de edad, para la candidatura a senador.

El proyecto de Ley, autoría del senador radical Horacio López, propone modificar el artículo 32ª de la Ley Electoral, para que se establezca, dentro de los requisitos que los partidos políticos deben cumplir para oficializar sus listas de candidatos, ‘deberán contar con un mínimo del treinta por ciento de jóvenes de ambos sexos, de los candidatos a elegir’.

En el texto de proyecto se prevé que ‘a los efectos de esta Ley serán considerados “jóvenes”, a los ciudadanos que cuenten como máximo con treinta (30) años de edad, para las candidaturas a diputado, concejal y consejero escolar y a hasta los treinta y cinco (35) años de edad, para la candidatura a senador. En este último caso, la proporción será de un (1) joven, cualquiera sea su sexo, el que integrará la Lista de Candidatos’.

“El último Censo Nacional arroja que más del treinta y cinco por ciento (35%) del padrón electoral está compuesto por jóvenes, de quienes estamos perdiendo su pensamiento vanguardista y la ductilidad para incorporar nuevos criterios”, fundamentó López, quien agregó que “actualmente existe otra desproporción en la representación pública en menoscabo de un sector de la sociedad que se encuentra alejado de protagonizar la vida política”.

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