La Corte Suprema define si se puede prohibir que los supermercados abran los domingos
El reclamo judicial de un supermercado chino al municipio de Arroyito, en Córdoba, llegó a la Corte Suprema y se convirtió en el caso de referencia con el que el máximo tribunal decidirá si es legal que los gobiernos prohíban que los comercios trabajen los domingos.
La Corte celebraba una audiencia este miércoles, paso previo a que los jueces definan si la restricción que impide a los supermercados de Arroyito trabajar los domingos es inconstitucional.
Todo comenzó en 2003, cuando Jinchui Shi abrió su supermercado en Arroyito, una localidad, como en tantas otras, en la que por costumbre los empleados de comercios no trabajan los domingos.
Jinchui Shi aseguró que él y su familia atienden el supermercado, pero los inspectores municipales observaron que en su local también tercerizó el sector de carnicería y verdulería, por lo que tenía trabajadores que desempeñaban actividades los domingos.
Según la Ordenanza 1660/2014, las autoridades de Arroyito establecieron el “descanso dominical del trabajo” por lo que los supermercados no pueden permanecer abiertos esos días, con excepción de los minimercados y establecimientos de menor envergadura atendidos por sus dueños. La prohibición alcanza a los comercios de 100 metros cuadrados o más.
Entre los considerandos, puntualizaron razones: humanitarias vinculadas con el descanso dominical, fortalecer el vínculo familiar, proteger a los pequeños y medianos comerciantes sin afectar negativamente los márgenes de ganancias de los supermercados y responder a idiosincrasia cultural de la comunidad local.
Jinchui Shi fue a la Justicia y argumentó que esa ordenanza se opone a los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional (CN) sobre el desarrollo de la iniciativa privada, trabajar y ejercer el comercio; el artículo 16 inciso 75 párrafo tercero de la CN sobre igualdad de trato ante la ley e igualdad de oportunidades sin discriminación; y la libre contratación y empleo de trabajadores.
Los otros comerciantes de Arroyito -supermercados, comercios y empleados- firmaron un acta de acuerdo en la que insistieron sobre la necesidad de respetar la costumbre local de no abrir los domingos, en clara referencia a Jinchui Shi, que no la cumplía.
Luego de varias idas y vueltas, el caso llegó al Superior Tribunal de Justicia de Córdoba, que hizo lugar a la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por Jinchui Shi al considerar que la ordenanza “constituye una absoluta extralimitación y una invasión de las competencias que corresponden a la Nación o a la Provincia”. Así fue como el caso saltó a la Corte Suprema de Justicia.
El martes, la Corte Suprema falló a favor de Telefónica en un caso contra el municipio salteño de General Güemes. Una ordenanza municipal obligaba a las empresas a relocalizar antenas ya instaladas y llevarlas fuera del ejido urbano. Con los votos de Carlos Rosenkrantz, Elena Highton y Ricardo Lorenzetti, el tribunal dispuso que, al ser la telefonía celular un servicio interjurisdiccional, la competencia era federal. Como en el caso del supermercado, la Corte tomó como referencias expedientes provenientes de localidades del interior, alejadas de los centros urbanos.