Confirman la condena a un hombre que golpeó y violó a su expareja mientras la filmaba
La Cámara de Casación confirmó la condena de seis años y medio de prisión impuesta a un hombre que golpeó y violó a su expareja mientras la filmaba y la amenazaba con difundir los videos, al rechazar una apelación de su defensa, que dijo que se trató de una “relación sexual consentida”, informaron hoy fuentes judiciales.
Al rechazar de plano la apelación, los integrante de la Sala consideraron que los argumentos de la defensa del condenado Steven Bustamante no se compadecen “con la lógica ni el sentido común”, mientras que los de la víctima reflejan “una dinámica prototípica en los casos de violencia de género”, según publica el sitio Fiscales.
El hecho ocurrió el 22 de octubre de 2015, alrededor de la una de la mañana, cuando Bustamante ingresó al departamento de quién había sido su pareja, en el barrio porteño de Parque Patricios, y le provocó varias lesiones en su cuello, brazo y ojos para después abusar sexualmente de ella,
Además, el hombre durante todo el episodio violento, la insultó y la filmó con su celular, con la amenaza de subir el video a internet.
Por ese hecho, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 7 condenó a Bustamante a seis años y medio de prisión, en línea con lo planteado por el fiscal Oscar Ciruzzi.
La sentencia fue apelada por la defensa del hombre, que planteó que la relación sexual que mantuvieron víctima y victimario fue consentida y que los golpes y lesiones provocadas se debieron a una infidelidad que habría descubierto el hombre horas antes del hecho.
Los jueces de Casación Gustavo Bruzzone y Patricia Llerena resaltaron el fragmento de la sentencia donde la mujer relató que Bustamante no aceptaba que la relación entre ellos hubiese terminado y la acosaba y compartieron lo planteado por la fiscalía durante el debate: “la simultaneidad entre los golpes y el abuso y el contexto generalizado de violencia, torna inverosímil la existencia de un verdadero consentimiento de parte de la víctima”.
Por último, los magistrados citaron una parte del fallo donde quedó evidenciada la violencia de género ejercida por el agresor. “El hecho no puede ser leído como una reacción aislada sino como el producto de una personalidad agresiva y de una concepción según la cual la mujer se cosifica y se cuenta como una pertenencia más, carente de autonomía y merecedora de todo tipo de agresiones cuando pretende independencia”, había indicado el Tribunal que dictó la condena ahora ratificada.