Condenado en España, el juez Garzón es asesor del Gobierno
Un ex juez condenado judicialmente en España es el principal asesor del Gobierno para promover la “justicia universal”, con rango y sueldo de subsecretario de Estado. La presidenta Cristina Kirchner designó en diciembre de 2012 al ex juez español Baltasar Garzón “coordinador en asesoramiento internacional en derechos humanos”, pese a que el 9 de febrero de ese año recibió una condena firme por prevaricato y escuchas telefónicas ilegales de sus procesados que violaron el derecho a defensa en juicio.
Esa sentencia definitiva la dictó el Tribunal Supremo de España. La pena fue de 11 años de inhabilitación para ejercer el cargo de juez en ese país, la pérdida definitiva de su condición de juez y prohibición para cualquier función en la justicia.
Sin embargo, mediante el decreto 2319/2012, Cristina Kirchner lo designó coordinador en asesoramiento internacional en derechos humanos con cargo “extraescalafonario”, rango de subsecretario de Estado y un ingreso de 72.000 pesos, según registros de la Casa Rosada. Garzón señaló a LA NACION que su sueldo es de 47.800 pesos.
Depende del secretario de Derechos Humanos, Martín Fresneda, dentro del Ministerio de Justicia.
También la Presidenta lo nombró a través del decreto 2318/2012 presidente ad honórem del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos (Cipdh), con acuerdo de la Unesco, en representación de la cartera de Justicia.
El ex juez ganó protagonismo en la Argentina cuando procesó en España al ex dictador chileno Augusto Pinochet y a los represores argentinos Adolfo Scilingo y Ricardo Cavallo.
La Cipdh se creó para promover a nivel mundial la experiencia argentina de persecución y juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad y delitos económicos conexos durante los 70, que según la cartera de Justicia “es ejemplo en todo el mundo”.
Una grave condena judicial debería ser impedimento para ejercer ciertos cargos. El constitucionalista Daniel Sabsay señaló a LA NACION que “hay una violación flagrante del requisito básico de idoneidad que ordena la Constitución en su artículo 16 para acceder y ejercer cualquier cargo público”. El requisito de “idoneidad” está ordenado también en la ley 22.140, que regula la función pública, en los mismos fundamentos de los decretos 2318 y 2319.
Garzón sólo accedió a responder a LA NACION por escrito. “Sigo siendo juez; cuando concluya la condena, me puedo reincorporar de forma inmediata”, sostuvo. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo español también fijó la “pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores”, y lo pena con “incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales”.
Consultados, voceros oficiales del ministro de Justicia, Julio Alak, subrayaron “el enorme aporte a la justicia universal realizado por el juez español”. Pero además de no tener en cuenta el fallo español de 11 años de inhabilitación y una multa de 2500 euros, el gobierno argentino no contempló que la condena incluyó los delitos de prevaricato (artículo 446 del Código Penal español), escuchas telefónicas ilegales (artículo 536) a sus procesados en conversaciones con sus abogados.
El delito de prevaricato se configura cuando un juez dicta resoluciones contrarias a la ley, y en este caso, según expertos jurídicos, esa decisión fue violatoria del derecho a la defensa en juicio de los imputados. Los jueces pueden intervenir los teléfonos de sus imputados para descubrir sus tramas delictivas, pero no los de sus abogados: eso viola el principio de defensa en juicio y es lo que sancionó la corte española. En ese caso, Garzón investigaba a una organización integrada por Francisco Correa Sánchez, Pablo Crespo Sabaris y Antoine Sánchez, acusados por blanqueo de capitales, defraudación fiscal, falsedad, cohecho, asociación ilícita y trafico de influencias.
EJEMPLO EN EL MUNDO
El Ministerio de Justicia lo defendió. “Con la aplicación del principio de jurisdicción universal generó notables avances para la persecución y el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad en la Argentina, que hoy son ejemplo en todo el mundo”, dijo ante la consulta de LA NACION.
“Puedo ocupar cualquier función pública salvo la de juez, temporalmente”, aseguró Garzón por escrito a LA NACION. “Desde luego, un cargo como el que ostento lo podría desempeñar en cualquier país y también en España”, se defendió.
El Ministerio de Justicia sostiene que “la sentencia de España no impide ni invalida el nombramiento por el Estado argentino” y lo fundamenta en “principios básicos del derecho penal”, porque el fallo es “de orden local” y “sólo aplicable en su ámbito territorial, el reino de España”.
Pero Sabsay señala: “Si bien es cierto que la sentencia se limita al campo judicial, resulta obvio que con semejante condena Garzón jamás podría cumplir con el requisito de «idoneidad» para cualquier función pública, exigencia expresamente contemplada en el artículo 16 de nuestra Constitución”. En otras palabras, aunque lo permitiera la sentencia española, son la Constitución y las leyes argentinas las que impedirían su nombramiento.
Fuente: La Nación.