viernes, noviembre 22, 2024
Economia

El gobierno fijó multas por pasar el peaje sin pagar

 

El gobierno nacional fijó hoy fuertes multas para los conductores de vehículos que pasen por los peajes de las autopistas sin pagar.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase como artículo 116 quater al Anexo 2 del Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, el siguiente:

“ARTÍCULO 116 quater.- Reglamentación del artículo 77 inciso z) de la Ley Nº 24.449.- “Por falta de pago del peaje o contraprestación por tránsito, será sancionado con multa de 100 U.F. hasta 300 U.F. y será restado de la licencia de conducir la cantidad de UN (1) punto. Cuando no se identifique al conductor infractor, será sancionado el propietario del vehículo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75 inciso c) de la Ley N° 24.449.””

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase como artículo 119 al Anexo 2 del Decreto Nº 779 del 20 de noviembre de 1995, el siguiente:

“ARTÍCULO 119.- Reglamentación del artículo 85 inciso a) de la Ley Nº 24.449.- “En ningún caso, para cada configuración, se podrá efectuar una quita en el monto de la multa que sea superior a lo establecido en el artículo 85 inciso a) de la Ley N° 24.449; excepto que resulte configurada alguna de las circunstancias previstas en el artículo 78 de la mencionada normativa.””

ARTÍCULO 3°.- La AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dictará las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para el procedimiento de aplicación y cobro de las multas por falta de pago de peaje o contraprestación por tránsito.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI – Marcos Peña – Guillermo Javier Dietrich.

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