viernes, noviembre 22, 2024
Policiales

Condenan a un hombre que abusó de su hermanastra adolescente cuando era una niña

 

La Justicia pampeana condenó a un hombre de 34 años a tres años de prisión con ejecución condicional por someter a su hermanastra adolescente cuando era una niña de 6 y 7 años, en un fallo que llegó una década después de los ataques, informó una fuente judicial.

El caso se conoció cuando la víctima, que actualmente tiene 17 años, reveló los abusos de su hermanastro a los profesores en la escuela, quienes informaron a las autoridades lo ocurrido, lo que derivó en la apertura de una causa judicial que terminó con la condena.

El juez de Audiencia Carlos Pellegrino de General Pico condenó al hombre por abuso sexual simple y le impuso la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.

Además, le ordenó por los próximos tres años fijar domicilio, someterse al control de la unidad de abordaje del Ente de Políticas Socializadoras y a un tratamiento psicológico; y le prohibió mantener contacto con la víctima.

Pellegrino destacó más adelante que “el paso del tiempo, 10 u 11 años atrás, la edad de la víctima al momento de la ocurrencia, que en su estadio evolutivo, hace imposible la comprensión de lo que estaba ocurriendo, sumado a la imposibilidad física y científica de obtener comprobación de la consumación del acto”.

No obstante ello, de lo expresado durante los testimonios “surge la certeza positiva de la ocurrencia de un abuso sexual, de ello no hay dudas, aunque sí resulta imposible de establecer, la consistencia del mismo”.

Como elementos atenuantes, el magistrado tuvo en cuenta “las cualidades personales del imputado, la ausencia de antecedentes condenatorios, su educación y su actividad de empleado rural como medio de conseguir su sustento, que se contraponen con los elementos considerados como agravantes, entre los que podemos mencionar, las características específicas del hecho investigado, la edad de la víctima, las consecuencias de su conducta, la extensión del daño causado y la familiaridad con la víctima, hacen que torne razonable el alejamiento de los mínimos establecidos y se fije una condena de tres años de prisión de ejecución condicional, más la aplicación de las reglas de conducta”.

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