Absolvieron definitivamente a Carlos Carrascosa por el crimen de María Marta García Belsunce
La Suprema Corte bonaerense confirmó hoy la absolución de Carlos Carrascosa por el homicidio de su esposa, María Marta García Belsunce, cometido el 27 de octubre de 2002 en el country Carmel, de la localidad de Pilar.
El Tribunal rechazó, “por insuficiente”, el planteo del fiscal de Casación Carlos Altuve, quien en febrero de 2017 había apelado la resolución de la Sala Primera del Tribunal de Casación Penal bonaerense, de diciembre de 2016, de absolver a Carrascosa por el delito de “homicidio calificado por el vínculo”.
El Alto tribunal provincial declaró de oficio, a su vez, la extinción de la acción penal por prescripción respecto del viudo en orden al delito de encubrimiento agravado.
El plazo legal de seis años de prescripción previsto para ese delito transcurrió sin interrupciones desde la sentencia de condena del tribunal de juicio, el 11 de julio de 2007.
En febrero de 2017 el fiscal Carlos Altuve había apelado el fallo de la Cámara de Casación Penal bonaerense por el que Carrascosa recuperó la libertad y fue absuelto en diciembre de 2016 por el crimen de su esposa, por el cual estuvo siete años preso.
Altuve había pedido en su escrito que “se reinstaure la condena (a prisión perpetua) oportunamente impuesta al imputado” -pena impuesta en 2009 por la misma sala pero integrada por diferentes miembros- y aseguró que el fallo que le otorgó la absolución incurre “en absurdo y arbitrariedad”.
El fiscal había presentado un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y solicitado que la Suprema Corte provincial revise la decisión tomada por la Sala I del Tribunal especialmente conformada para este caso.
María Marta García Belsunce, de 50 años, apareció muerta el 27 de octubre de 2002 en el baño de su casa del country Carmel, de Pilar y la familia dijo que había sido un accidente en el baño. Empero, un mes después, al practicársele la autopsia, los forenses encontraron cinco balazos en su cráneo.
La fiscalía acusó por “encubrimiento agravado” a cinco familiares, una masajista, dos vecinos y a un médico.
En el primer juicio oral, llevado a cabo en los tribunales de San Isidro en 2007, Carrascosa fue absuelto del cargo de “homicidio”, pero fue condenado a en fallo dividido por “encubrimiento”.
En 2009, Casación Penal revocó el fallo de primera instancia y condenó al viudo a prisión perpetua como “coautor de homicidio calificado”.
El 10 de septiembre de 2012, la Suprema Corte de Justicia bonaerense ratificó la condena a prisión perpetua de Carrascosa al rechazar dos pedidos de nulidad presentados por su defensa.
El viudo fue beneficiado con el arresto domiciliario en febrero de 2015 por cumplir 70 años y alegar problemas de salud, al tiempo que tuvo que abonar una fianza de un millón de pesos, y casi dos años después Casación lo absolvió.