lunes, noviembre 25, 2024
Locales

Electrodependientes: para Susbielles, “la ley vela por los derechos de las familias”

 

El senador Federico Susbielles destacó los alcances de la norma sancionada el jueves por la Legislatura bonaerense y aseguró que la iniciativa“garantiza el cumplimiento cabal de la ley de Electrodependientes y vela por los derechos de las familias”.

“Para el cumplimiento efectivo de la ley de electrodependientes es necesario que la información esté disponible y que los trámites sean accesibles, evitando la burocracia injustificada” dijo Susbielles luego de lograr la sanción de la normativa.

A partir de la promulgación de la ley impulsada por el legislador bahiense, será obligatoria la inclusión de un anexo en las facturas del servicio público de energía eléctrica e impuestos provinciales, que incluya el siguiente texto: “Los hogares donde residan personas electrodependientes gozarán de gratuidad en el servicio público de provisión de energía eléctrica, como así también la provisión de Grupos Electrógenos en caso de suspensión del servicio, conforme a la adhesión a la Ley Nacional 27.351 realizada por la Ley Provincial 14.988”.

Además, la ley crea la “Línea Gratuita de Atención a usuarios/as electrodependientes por cuestiones de salud” -de alcance provincial, gratuita y funcionará 24 hs los 365 días del año- con el objetivo de recibir consultas, denuncias por incumplimientos a la Ley N° 14.988, el asesoramiento sobre los trámites y gestiones administrativas para solicitar los derechos de los/as usuarios/as electrodependientes, e información respecto a las políticas públicas provinciales que se encuentren en ejecución destinadas al abordaje de la problemática.

El anexo adjunto a las facturas también contendrá una explicación respecto del procedimiento que deben realizar los usuarios/as para inscribirse en el Registro de Electrodependientes; información respecto de las Organizaciones Civiles sin fines de lucro que representan a los Usuarios, y la línea gratuita que crea esta misma ley.

Comentarios

Comentarios

comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *