lunes, noviembre 25, 2024
Nacionales

Se termina el famoso y veloz “bases y condiciones” en spots publicitarios

 

La Secretaría de Comercio simplificó los datos que deben contener las publicidades, para proporcionar a los consumidores “la información necesaria” y optimizar “recursos de los anunciantes y medios”. Lo hizo a través de la resolución 915-E/2017, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el secretario Miguel Braun.

“El ejemplo más claro es el de la radio: a la velocidad que se escucha la letra chica, la información no resulta útil para el consumidor”, indicó Braun a través de un comunicado.

La resolución estableció que toda publicidad de bienes o servicios no contendrá inexactitudes u ocultamientos; y las leyendas y advertencias establecidas como obligatorias por leyes nacionales o provinciales y sus reglamentaciones deberán ser incluidas en la misma. Braun señaló que “hasta ahora tenían gran cantidad de información que ocupa tiempo y espacio físico”, y que “con esta modificación, se incorpora la posibilidad de que parte de la información ahora se pueda publicar en una web”.

La norma establece además que “cuando se publiciten precios no financiados de bienes o servicios se deberá incluir el valor a la moneda de pago y tipo de bien o servicio; la marca, el modelo, tipo o medida; el país de origen del bien o servicio; y la ubicación y alcance de los bienes y servicios”. En tanto, “cuando se publiciten precios financiados de bienes o servicios, por cualquier medio, la publicidad deberá incluir, además, el costo financiero total”.

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