lunes, noviembre 25, 2024
Sociedad

El sacerdote que revela un pecado conocido en confesión “incurre en un delito grave”

El sacerdote católico y decano de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Católica Argentina (UCA), Mauricio Landra, aseguró hoy que en los casos en que un fiel admita haber cometido abuso sexual infantil durante una confesión “no está permitido al confesor revelarlo”, y opinó que quien lo haga “incurre en uno de los delitos (canónicos) más graves”, que se sanciona con la “excomunión automática”.

Los alcances del secreto de confesión, un rito común a varias iglesias cristianas, se pusieron en debate a partir de que se hiciera público que la Cámara Nacional en lo Criminal rechazó anular una causa penal por la violación de una niña iniciada a partir de los datos que la madre de la víctima obtuvo del confesor del imputado, un obispo de congregación de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días del barrio porteño de Floresta.

Si el caso hubiera ocurrido en la Iglesia Católica, el sacerdote que reveló a la madre el secreto habría incurrido en “uno de los delitos más graves”.

“Una de las características del sacramento de la penitencia es el sigilo, que no es como el secreto profesional, y ninguna autoridad podría solicitarle al confesor que lo revele porque si lo hiciera el sacerdote que cuenta el pecado conocido en confesión incurre en un delito (canónico) de los más graves, cuyo tratamiento está reservado a la sede apostólica”, dijo.

No obstante, Landra se mostró confiado en los efectos de la confesión religiosa y consideró que el confesor “no está exento de responsabilidad en la reparación de ese tipo de actos”, que son al mismo tiempo “un pecado y un delito”.

“La suposición es que necesitamos en la confesiones que la persona esté arrepentida y tenga propósito de cambio. Por lo tanto, es prácticamente seguro que el confesor, para darle la penitencia, le proponga que confiese ante la Justicia y, si no lo hace, para nosotros no estará perdonado el pecado”, apuntó.

Landra explicó que no siempre un pecado confesado en esa instancia “del fuero interno, de conciencia, que es la confesión”, se corresponde con una acción castigada por el Código Penal “en el fuero externo”, y que cuando eso ocurre “los sacerdotes confesores del acusado suelen ser relevados de dar testimonio judicial”.

“Cuando tenemos esos casos con un tratamiento de tipo penal, nunca se cita el confesor para que declare”, aseguró.

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