viernes, noviembre 22, 2024
Sociedad

Multan a un banco por dar de baja el crédito de una beneficiaria del Procrear

Un juzgado de Faltas de la ciudad de La Plata multó por un millón de pesos al Banco Hipotecario por dar de baja de manera “desaprensiva” un préstamo Procrear, y ordenó a la entidad a pagar 293.000 pesos a la clienta perjudicada en concepto de “daño directo”.

Se trata de un fallo del Juzgado de Faltas Número 2 de la Municipalidad de La Plata con competencia en defensa del consumidor a cargo de Dante Rusconi, quien resolvió un planteo iniciado en 2013.

Según el fallo, al que tuvo acceso Télam, la mujer gestionó un préstamo Procrear en la sucursal de La Plata del Banco Hipotecario que fue aprobado por 400 mil pesos, por lo que la entidad bancaria le comunicó a la solicitante la escribanía que intervendría y le ofreció un anticipo del 25 por ciento.

Luego de completar un formulario entregado por el banco, la clienta recibe en su cuenta la suma de 100 mil pesos que inmediatamente destina al comienzo de la construcción, contratación de arquitectos y compra de materiales.

Sin embargo, con la obra en plena marcha, el Banco Hipotecario le envía una nota en la que le comunica que había falseado la declaración jurada inserta en la solicitud del préstamo por ser propietaria de más de un inmueble, con lo cual habría violado el supuesto requisito de “vivienda única” y la intimaba a devolver el anticipo recibido.

Según el fallo, la beneficiaria del préstamo se opuso a esa decisión ya que en ningún momento había ocultado poseer el 50% de un bien ganancial producto de su divorcio, que expresamente había consultado si ese era un impedimento para obtener el préstamo y que, si era así, estaba dispuesta a donárselo a sus hijos.

Rusconi entendió que el Banco Hipotecario incumplió varias de las cláusulas que establecían la forma en que debía desarrollarse la operación y sostuvo que las atribuciones que tenía para determinar el efectivo cumplimiento de los requisitos y condiciones y quién podía ser sujeto de crédito “le adjudican un rol determinante en la implementación y toma de decisiones en la ejecución del Procrear”.

Por ello, tuvo como factores importantes a tener en cuenta para determinar la responsabilidad del Banco la larga trayectoria de la entidad y la confianza que ella genera en los usuarios de sus servicios, elementos que le generan una “una agravada carga de diligencia y responsabilidad en virtud de la actividad que realiza y la confianza generada en los consumidores”.

Además, para fijar el monto del daño a la beneficiaria atribuyó al banco una “conducta desaprensiva ya que además de los incumplimientos contractuales, derivó en la afectación de derechos humanos de la denunciante en virtud de su condición de mujer, divorciada, jubilada y madre de dos hijos”.

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